Según informa esta mañana el diario Cinco Días, entre las modificaciones legislativas introducidas por el Real Decreto-ley 16/2013, se encuentra la que establece que las multinacionales que empleen a 100 o más trabajadores en España y planteen un ERE o prejubilen trabajadores invocando pérdidas en nuestro país aunque hayan obtenido beneficios a nivel global, no estarán obligadas a realizar la aportación equivalente a la prestación por desempleo de los trabajadores mayores de 50 años afectados por dichas medidas.
Esta medida, que entró en vigor el pasado 23 de diciembre, facilita tanto el despido objetivo como las prejubilaciones de trabajadores mayores de 50 años por parte de las multinacionales con filiales en España.
Para ello, el artículo 5 de dicho Real Decreto-ley introdujo una modificación en la disposición adicional 16.ª de la Ley 27/2011, añadiendo la previsión indicada.
En la información, firmada por José Antonio Vega y Raquel Pascual, se destaca que hasta la entrada en vigor de dicha modificación, la Ley 27/2011 incluía la citada penalización, siempre que “las empresas o el grupo de empresas del que formen parte hubieran tenido beneficios” en los dos ejercicios económicos anteriores al ERE; o en dos años consecutivos tomando como plazo el año anterior al despido colectivo y los cuatro siguientes (la conocida como enmienda Telefónica); pero "la nueva modificación suaviza esta penalización a las multinacionales, al precisar que quedarán excluidas de costear el desempleo de sus mayores despedidos aquellas empresas que registren pérdidas en su actividad en España, aunque tengan beneficios como grupo corporativo a nivel mundial."