La sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha admitido a trámite un recurso interpuesto por el Colegio de Abogados de Madrid contra la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza
En el recurso se pide la adopción de la medida cautelar de suspensión de la ejecución de la entrada en vigor de la orden ministerial recurrida.
A su parecer, la orden resulta "lesiva" para los legítimos intereses de los abogados colegiados que puedan tener la obligación tributaria de presentar esas autoliquidaciones y declaraciones informativas.
El plazo para presentar la declaración anual de IVA acabó el pasado 30 de enero y se tuvo que hacer por primera vez por Internet de forma exclusiva.
Distintos despachos profesionales y asociaciones de autónomos denunciaron entonces que dicha obligatoriedad había generado numerosos problemas a autónomos y pequeñas empresas (unos 250.000) acostumbrados a presentar manualmente estas declaraciones y sin el conocimiento ni los medios informáticos para llevar a cabo su presentación por Internet.
La Agencia Tributaria, por su parte, negó en ese momento que se produjera ningún caos en el procedimiento y aseguró que la primera semana se presentaron 260.000 declaraciones más que en el mismo periodo del año pasado.
Asimismo, aseguró que, para evitar este tipo de quejas, se ampliaron los servicios de información de la campaña de presentación del resumen anual de IVA, reforzando los puestos de atención presencial en su red de oficinas.
El organismo tributario defiende la mejora del servicio a través de la presentación telemática de declaraciones, ya que, por un lado, permite gestionar devoluciones con mayor agilidad y, por otro lado, ofrece controles inmediatos en la lucha contra el fraude fiscal. Además, evita colas y desplazamientos a los contribuyentes. (EUROPA PRESS y Redacción).