Existe una divertida Ley de Dalton sobre la práctica de la abogacía que establece que un mal abogado puede hacer que un caso se alargue durante años, mientras que un buen abogado lo puede prolongar eternamente.
Naturalmente, ello dependerá de la utilización por el abogado de determinadas estrategias legales que le permitan retrasar el comienzo o la celebración de un juicio.
Casos recientes, como el del juicio por prevaricación contra el juez Elpidio Silva, que ha logrado retrasar el proceso en el que se encuentra inmerso parecen buen momento para repasar algunas de esas estrategias. Y eso es lo que ha hecho Almudena Vigil en un interesante artículo que publica hoy el diario Expansión del que reproducimos sus aspectos más relevantes.
Marco legal
Lo primero que conviene recordar es el marco legal aplicable.
Los motivos para la suspensión de una vista o un juicio oral están regulados en el artículo 188 de la Ley de
Enjuiciamiento Civil y en el 744 en adelante de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Las incomparecencias en un procedimiento deben ser debidamente justificadas y los jueces, cada vez más, tienden a investigarlas, verificando si la enfermedad es real o si el abogado ha acudido a otro juicio.
Con el fin de evitar fraudes en la suspensión de las vistas, el artículo 463 del Código Penal tipifica como delito de obstrucción a la Justicia y deslealtad profesional algunas de estas tácticas y la pena se agrava si el responsable es abogado, procurador o fiscal.
Renuncia a la defensa
El caso del juez Silva, que decidió renunciar a su abogado inesperadamente para dilatar el proceso, es el caso más reciente y conocido, pero no es el único único.
Recordemos que el primer día del juicio lo intentó rechazando a su defensa, que representa el abogado Cándido Conde-Pumpido Varela, y al tercer día lo consiguió recusando a dos de los magistrados que debían juzgarle. Así, gana tiempo con las elecciones europeas en el horizonte, ya que se presenta como candidato.
Pero el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre un caso similar recientemente. En una sentencia del pasado 3 de enero, negó que se hubiera vulnerado el derecho de defensa de un condenado al rechazar el tribunal de instancia su solicitud de renunciar a su letrado en el último momento. Se consideró que se trataba de “un evidente fraude procesal”, que únicamente pretendía ser una maniobra dilatoria, constitutiva de “un claro abuso del derecho”. El Supremo concluyó que “la capacidad de todo imputado de designar a un abogado de su confianza no ampara estrategias dilatorias ni actuaciones que sean expresivas de una calculada desidia a la hora de hacer valer el propio derecho de defensa”.
Recusación de los jueces
Acciones como recusar a los jueces que deben decidir sobre una causa determinada –como también hizo con éxito Elpidio Silva–, o plantear una cuestión prejudicial ante un órgano superior también pueden ayudar a ganar tiempo. Lo mismo podría suceder con la petición de pruebas periciales, con la pega de que éstas hay que pagarlas y, además, deben recibir el visto bueno del juez.
Enfermedad
Lo más frecuente es alegar la enfermedad del abogado, en cuyo caso existe la obligación de acreditarlo. Lo mismo sucede con la inasistencia del acusado, o incluso con la ausencia de testigos y peritos citados judicialmente, que puede dar lugar a la interrupción de la vista si el tribunal considera imprescindible su intervención. Algunos abogados consultados señalan que hay jueces que, ante sospechas de dilación, llegan a enviar al médico forense al domicilio del letrado para comprobar si realmente se encuentra enfermo.
Dos juicios a la vez
Otro clásico es que el letrado alegue la coincidencia de señalamientos, es decir, tener dos actos procesales para el mismo día. Aunque existen normas establecidas al respecto, es la causa que da mayor cabida a la “picaresca”. En este sentido, Francisco Javier Rubio Rodríguez-Vigil, de Aguilar & Astorga Abogados, apunta que es una estrategia muy utilizada en los grandes despachos: “Asignan a un mismo abogado (por ejemplo, el socio del área) todos los asuntos del departamento, sin perjuicio de que en realidad lo lleven otros asociados que actúan en las vistas en sustitución de su compañero. De esta forma, ese letrado único acumula en su agenda múltiples señalamientos, lo que le permite en numerosas ocasiones solicitar la suspensión en función de los intereses estratégicos del procedimiento”.
Falsa negociación
El supuesto “acuerdo” entre las partes también puede ser estratégico: los abogados “crean” esa posibilidad de negociación para que la otra parte piense que existe posibilidad y acceda a la suspensión, aunque luego ni siquiera haya un verdadero intento de negociar, con lo que se alarga el procedimiento varios meses. Según Rubio, en el ámbito civil, los jueces son propensos a intentar que las partes lleguen a un acuerdo sin necesidad de celebrar el juicio. De hecho, tras las últimas modificaciones legales, el propio juez tiene obligación de informar a las partes de la existencia del proceso de “mediación y arbitraje”, por lo que, si una de las partes se muestra favorable (o lo simula), lo normal es que el juez presione a la otra para que lo intenten.