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21/04/2008 04:30:00 Ministerio de Justicia TERRORISMO 2 minutos

Los Ministros de Justicia de la UE acuerdan nuevas medidas contra el terrorismo

Una Decisión Marco tipifica y define como delitos de terrorismo las conductas de inducción pública, captación y entrenamiento de terroristas. La norma incluye además una serie de reglas de jurisdicción obligatorias.

Los ministros de Justicia de la Unión Europea, reunidos el pasao viernes en Luxemburgo, acordaron una Decisión Marco que contiene una serie de medidas destinadas a mejorar la lucha contra el terrorismo en el conjunto de los países miembros. En virtud de esta Decisión Marco, se tipifican y definen como delitos de terrorismo las conductas de inducción pública, captación y entrenamiento de terroristas. La incriminación de la tentativa de entrenamiento de terroristas, conducta especialmente grave (es el caso, por ejemplo, de la construcción de un campo de entrenamiento) ha sido defendida con ahínco por España y finalmente consensuada esta tarde con el apoyo manifestado por el Secretario de Estado de Justicia, Julio Pérez.

Esta Decisión Marco contempla además una serie de reglas de jurisdicción obligatorias para todos los Estados miembros, que facilitarán la persecución de estos nuevos tipos delictivos de inducción, captación y adiestramiento cuando se comentan fuera de las fronteras de la Unión Europea.

En el caso de España, y de acuerdo con el artículo 23.4 b de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la jurisdicción española es competente para conocer los hechos susceptibles de tipificarse como terrorismo cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional.

La propuesta de Decisión Marco modifica la Decisión Marco 2002/474/JAI del Consejo sobre la lucha contra el terrorismo. En este sentido, España ha defendido desde el inicio la incriminación obligatoria en todos los Estados de todas las conductas terroristas desde sus estadíos más iniciales.

Además, en la reunión JAI se abordó también la Decisión marco del Consejo sobre ejecución de resoluciones dictadas en ausencia. Esta propuesta concreta los supuestos en los que puede acordarse el reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales, principalmente por haberse dictado la condena en ausencia, pero su aprobación requerirá aún mucho debate debido a las reservas planteadas por varios Estados miembros, algunos de los cuales podrían incluso optar por bloquearla.

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