El delito de financiación ilegal de partidos políticos anunciado ayer por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, afecta a quien reciba donaciones ilegales o participe en "estructuras y organizaciones" que tengan como objeto financiar un partido al margen de la ley, y estará castigado con penas de prisión que van de uno a cinco años.
El PP ha incluido un nuevo artículo a través de las enmiendas presentadas al articulado del Código Penal, que impone penas de seis meses a cuatro años de cárcel y multa del triplo al quíntuplo de su valor o del exceso por recibir donaciones ilegales.
Las mismas penas se impondrán a quien entregue esas aportaciones directa o indirectamente. El mismo castigo se reserva para las personas jurídicas.
Además, se castigará con penas de prisión de uno a cinco años a quien participe en organizaciones cuya finalidad sea la financiación ilegal de partidos políticos, previendo mayores penas según la responsabilidad que se ostente.
Por otro lado, quedarán exentas de responsabilidad penal a las personas jurídicas, como empresas, con un órgano de administración que haya adoptado con "eficacia" medidas de vigilancia y control para prevenir la comisión de delitos.
De esta forma, limita la responsabilidad penal de las empresas cuando existe una infracción del deber de supervisión sobre los trabajadores. "La propuesta plantea que la responsabilidad de las personas jurídicas se limite a los supuestos en los que el incumplimiento del deber de vigilancia haya tenido carácter grave", añade.
Modificación de la Ley de Industos
Por otra parte, según una disposición incluida por el PP en la reforma del Código Penal, se prevé modificar la Ley del Indulto, para establecer la obligación del Gobierno de remitir semestralmente al Congreso de los Diputados un informe sobre la concesión y denegación de las medidas de gracia.
Un alto cargo del Ministerio de Justicia solicitará su comparecencia ante la Comisión correspondiente para presentar sus datos. Además, los 'populares' impiden que el condenado por el delito de corrupción pueda optar durante el tiempo de la condena a un cargo electivo.
Igualmente se ha introducido la regulación de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, con el objetivo de gestionar la conservación de los bienes intervenidos. Antes de junio de 2015 se aprobará el reglamento que la regule. (EUROPA PRESS)