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04/12/2014 05:38:00 Redacción NJ Violencia de género 5 minutos

En la mayoría de asesinatos por violencia de género, la Policía no apreció la existencia de riesgo previo para la víctima

Según las conclusiones del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género del CGPJ, en la mayoría de crímenes por violencia de género cometidos este año, el informe que emitió la policía tras la denuncia por malos tratos de la víctima, no apreciaba que ésta se encontrase en una situación de riesgo o que la peligrosidad era media o baja.

El informe que emitió la policía sobre la mayoría de las mujeres asesinadas este año en crímenes de violencia de género que habían presentado denuncia previa por malos tratos decía que no estaban en una situación de riesgo o que la peligrosidad era media o baja.

Esta es una de las conclusiones a las que ha llegado el Observatorio de Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tras analizar caso por caso las causas que pudieron concurrir en el fatal desenlace de 14 mujeres muertas a manos de sus parejas aunque habían presentado denuncias previas por maltrato.

"La mayoría de las víctimas tenían una valoración del riesgo entre 'medio' y 'no apreciado', lo que hace preciso una revisión de los formularios utilizados en el Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género del Ministerio del Interior (VIOGEN)", explica el informe.

Por eso, la institución propone que incluso cuando el diagnóstico sea de riesgo bajo o no apreciado, "se incluya la entrevista con personal de servicios asistenciales que atienden a la víctimas, y que en estos casos se adopten medidas policiales de control para la seguridad de la denunciante independientemente de si existe o no medida judicial de protección".

El pasado mes de abril, el Ministerio de Sanidad anunció un acuerdo con el Ministerio del Interior para modificar el cuestionario del que se sirven los policías para realizar la evaluación del riesgo e incluir nuevas variables, como la situación laboral de la víctima, la existencia de hijos menores o su discapacidad, si la hubiera. Esta medida aún no ha entrado en vigor.

Ampliar el alcance del Sistema de Vigilancia VIOGEN

Para las fuerzas policiales, el Observatorio propone también la "introducción obligatoria de las denuncias que no se interponen ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el sistema VIOGEN, de modo que este contenga toda la información necesaria para la seguridad de la víctima".

Pide además, que se integren en el sistema las policías locales, que en ocasiones se encargan del control de las penas de localización permanente, y se interconecte con los sistemas de gestión de Instituciones Penitenciarias y los puntos de coordinación de las órdenes de protección de las comunidades autónomas, para que la víctima y todos los agentes implicados, estén informados a tiempo real de la situación del agresor.

No es la única coincidencia en los casos analizados que ha encontrado el Observatorio. Según el informe, "en la mayoría" de los casos analizados la víctima se acogió al artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para no declarar contra su marido, que era el agresor.

La institución incide en que "dado que este tipo de delitos se cometen habitualmente en la intimidad del domicilio, la declaración de la víctima adquiere especial relevancia", por lo que propone que ésta sea grabada durante la fase de investigación con intervención de expertos y presencia de todas las partes, "y que pueda utilizarse para evitar una nueva declaración en el acto de juicio oral".

También sobre el ámbito judicial, destaca que en ocho ocasiones en las que se solicitó la órden de protección esta fue acordada, pero "en ninguno de los casos se acordó la imposición de dispositivos electrónicos, herramienta que sólo suele utilizarse cuando ya se ha producido algún quebrantamiento".

Por eso, dice que "incentivará la formación de jueces y magistrados en esta materia", ya que "no se ha producido ningún homicidio o asesinato en el que el presunto autor llevara la pulsera electrónica, lo que indica que los órganos judiciales habían valorado correctamente el riesgo de la víctima".

Partes de lesiones y juicios que llegan tarde

Además, indica que en uno de los casos, el parte de lesiones extendido por un centro de salud al que acudió la mujer diez días antes de ser asesinada, "llegó por correo ordinario al Juzgado 24 horas después del crimen" por lo que solicita que estos partes sean remitidos "por vía urgente" a los órganos judiciales y las fuerzas policiales competentes.

En otros dos de los casos ha encontrado "un excesivo plazo de señalamiento", de hasta ocho meses, del juicio rápido ante el Juzgado de lo Penal, cuando por ley, la fecha no debería fijarse más allá de los primeros quince días. "El Observatorio ha solicitado el impulso por parte del CGPJ de la especialización de los Juzgados de lo Penal, tal y como recomienda la Ley Integral", dice sobre este asunto.

Retirar la patria postestad

Sobre la respuesta a los agresores, se refiere a las muertes de tres niñas en Zamora y Asturias a manos del maltratador de sus madres para señalar que en su opinión es "conveniente y necesario que en los casos de delitos graves, como homicidios o asesinatos, el agresor sea privado de la patria potestad imperativamente como pena principal y no sólo accesoria, como ocurre en la actualidad".

En esta línea, propone que en los casos de violencia de género se tenga en cuenta la existencia de condenas anteriores por delitos leves para no aplicar la suspensión de la pena privativa de libertad que, según el Código Penal, puede concederse a los condenados a menos de dos años de prisión que enfrenten su primer delito. Aboga asimismo por "incidir en la rehabilitación del maltratador, con programas de reeducación".

Además, propone estudiar la conveniencia de eliminar las circunstancias atenuantes de confesión y reparación del daño que se tienen en cuenta en delitos de violencia de género, "tras constatar que la reacción de confesar el crimen en estos supuestos obedece más a un componente de jactancia o reafirmación que al arrepentimiento".

Informar a la víctima

Otra de las recomendaciones de la institución versa sobre la necesidad de "que la mujer esté informada desde el primer momento del peligro que corre si vuelve con su agresor y de los medios de prueba que debe aportar para que el juzgado valore adecuadamente su situación de riesgo", a la vista de que ocho de las mujeres asesinadas habían reanudado la convivencia con el agresor tras denunciarle, e incluso después de que éste fuera condenado.

En este sentido, considera "muy positiva" la propuesta de prestar asistencia jurídica gratuita previa a la interposición de la denuncia que contempla el anteproyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y recomienda tramitarlo de forma "urgente", junto a otras medidas anunciadas para violencia de género como las leyes de protección a la infancia, el Estatuto de la Víctima del Delito y la reforma del Código Penal (EUROPA PRESS).

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