Reglamento (UE) nº 1004/2013 de la Comisión, de 15 de octubre de 2013, por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de ciproconazol, ciprodinilo, fluopiram, 8-hidroxiquinolina, nicotina, pendimetalina, pentiopirad y trifloxistrobina en determinados productos

Ficha:
  • Órgano COMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 279 de
  • Vigencia desde 20 de Octubre de 2013
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 70 de 16.3.2005, p. 1.

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(2)

Los informes científicos de la Autoridad están disponibles en línea:

http://www.efsa.europa.eu:

«Reasoned opinion on the modification of the existing MRL for 8-hydroxyquinoline in tomatoes» (Dictamen motivado sobre la modificación del LMR existente para la 8-hidroxiquinolina en los tomates). EFSA Journal 2013;11(5):3224 [20 pp.]. doi:10.2903/j.efsa.2013.3224.

«Reasoned opinion on the modification of the existing MRLs for cyproconazole in mustard seed and gold of pleasure» (Dictamen motivado sobre la modificación de los LMR existentes para el ciproconazol en las semillas de mostaza y la camelina). EFSA Journal 2013;11(4):3194 [26 pp.]. doi:10.2903/j.efsa.2013.3194.

«Reasoned opinion on the modification of the existing MRLs for cyprodinil in radishes and cucurbits inedible peel» (Dictamen motivado sobre la modificación de los LMR existentes para el ciprodinilo en los rábanos y las cucurbitáceas de piel no comestible). EFSA Journal 2013;11(4):3184 [24 pp.]. doi:10.2903/j.efsa.2013.3184.

«Reasoned opinion on the modification of the existing MRLs for pendimethalin in various crops» (Dictamen motivado sobre la modificación de los LMR existentes para la pendimetalina en diversos cultivos). EFSA Journal 2013;11(5):3217 [27 pp.]. doi:10.2903/j.efsa.2013.3217.

«Reasoned opinion on the modification of the existing MRL for trifloxystrobin in beans with pods» (Dictamen motivado sobre la modificación del LMR existente para la trifloxistrobina en las judías con vaina). EFSA Journal 2013;11(4):3199 [24 pp.]. doi:10.2903/ j.efsa.2013.3199.

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(3)

DO L 89 de 27.3.2012, p. 5.

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(4)

DO L 208 de 13.8.2011, p. 1.

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(5)

En relación con la lista completa de productos de origen vegetal y animal a los que se aplican los LMR, debe hacerse referencia al anexo I.

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(6)

Indica el límite inferior de determinación analítica.

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(7)

Combinación código-plaguicida a la que se aplica el LMR establecido en el anexo III, parte B

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(8)

En relación con la lista completa de productos de origen vegetal y animal a los que se aplican los LMR, debe hacerse referencia al anexo I.

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(9)

Indica el límite inferior de determinación analítica.

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(10)

En relación con la lista completa de productos de origen vegetal y animal a los que se aplican los LMR, debe hacerse referencia al anexo I.

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(11)

Indica el límite inferior de determinación analítica.»

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(12)

En relación con la lista completa de productos de origen vegetal y animal a los que se aplican los LMR, debe hacerse referencia al anexo I.

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(13)

Indica el límite inferior de determinación analítica.

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