Reglamento (UE) nº 1275/2013 de la Comisión, de 6 de diciembre de 2013, por el que se modifica el anexo I de la Directiva 2002/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los niveles máximos de arsénico, cadmio, plomo, nitritos, esencia volátil de mostaza e impurezas botánicas perjudiciales

Ficha:
  • Órgano COMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 328 de
  • Vigencia desde 27 de Diciembre de 2013
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 140 de 30.5.2002, p. 10.

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(2)

Determinación del plomo total y extraíble en la arcilla caolinítica. Asistencia técnica del laboratorio de referencia de la UE para metales pesados en piensos y alimentos a la Dirección General de Salud y consumidores — JRC 69122 — Centro Común de Investigación — Instituto de Materiales y Medidas de Referencia.

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(3)

IMEP-111: Contenido total de cadmio, plomo, arsénico, mercurio y cobre y de plomo y cadmio extraíble en los piensos minerales. Informe de la undécima comparación interlaboratorios organizada por el Laboratorio de referencia de la Unión Europea para metales pesados en piensos y alimentos – EUR 24758 EN-Centro Común de Investigación — Instituto de Materiales y Medidas de Referencia.

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(4)

Dictamen de la Comisión Técnica de Contaminantes de la Cadena Alimentaria, solicitado por la Comisión Europea, en relación con los glucosinolatos como sustancias indeseables en la alimentación animal, The EFSA Journal (2008) 590, 1-76.

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(5)

DO L 29 de 30.1.2013, p. 1.

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(6)

Para la determinación del plomo en la arcilla caolinítica y en piensos que contengan arcillas caoliníticas, el contenido máximo hace referencia a una determinación analítica del plomo en la que la extracción se lleva a cabo en ácido nítrico (5 % p/p) durante treinta minutos a temperatura de ebullición. Pueden aplicarse procedimientos de extracción equivalentes siempre que esté demostrada una eficacia de extracción semejante.».

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(7)

Previa solicitud de las autoridades competentes, el operador responsable debe realizar un análisis para demostrar que el contenido total de glucosinolatos es inferior a 30 mmol/kg. El método de análisis de referencia es EN-ISO 9167-1:1995.».».

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(8)

Determinable, por ahora, mediante microscopia analítica.

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(9)

Incluye también fragmentos de cáscara de semillas.».

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