Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1984 de la Comisión de 28 de noviembre de 2019 por el que se fija el importe máximo de la ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva en el marco del procedimiento de licitación abierto por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1882
- Órgano COMISION EUROPEA
- Publicado en DOUEL núm. 308 de 29 de Noviembre de 2019
- Vigencia desde 29 de Noviembre de 2019
Sumario
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.º 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas (1) , y en particular su artículo 4, apartado 2, párrafo primero, letra a),
Visto el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007 (2) , y en particular su artículo 18, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
- (1) El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1882 de la Comisión (3) abrió un procedimiento de licitación para el almacenamiento privado de aceite de oliva.
- (2) Sobre la base de las ofertas recibidas durante el subperíodo de presentación de ofertas que finaliza el 26 de noviembre de 2019, la cantidad global máxima que debe almacenarse, los costes estimados del almacenamiento y otras informaciones pertinentes relativas al mercado, procede fijar el importe máximo de la ayuda al almacenamiento de 3 650 toneladas de aceite de oliva por un período de 180 días con el fin de aliviar la difícil situación del mercado.
- (3) A fin de garantizar la gestión eficiente de la medida, el presente Reglamento debe entrar en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
- (4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Para las ofertas presentadas en el marco del procedimiento de licitación abierto por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1882 durante el subperíodo que finaliza el 26 de noviembre de 2019, el importe máximo de la ayuda al almacenamiento privado de aceite de oliva será de:
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de noviembre de 2019.
Por la Comisión,
en nombre del Presidente,
Jerzy PLEWA
Director General
Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural