Reglamento (UE) 2020/749 de la Comisión de 4 de junio de 2020 que modifica el anexo III del Reglamento (CE) n.º 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de clorato en determinados producto

Ficha:
  • ÓrganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 178 de 08 de Junio de 2020
  • Vigencia desde 28 de Junio de 2020
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 70 de 16.3.2005, p. 1.

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(2)

Decisión 2008/865/CE de la Comisión, de 10 de noviembre de 2008, relativa a la no inclusión del clorato en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo y a la retirada de las autorizaciones de los productos fitosanitarios que contengan esta sustancia (DO L 307 de 18.11.2008, p. 7).

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(3)

Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios (DO L 230 de 19.8.1991, p. 1).

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(4)

EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria), 2015: «Scientific opinion on the risks for public health related to the presence of chlorate in food» (Dictamen científico sobre los riesgos que la presencia de clorato en los alimentos supone para la salud pública). EFSA Journal 2015;13(6):4135, 103 pp.

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(5)

Límite de determinación analítica

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