Reglamento (UE) 2020/1255 de la Comisión de 7 de septiembre de 2020 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1881/2006 en lo que respecta al contenido máximo de hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP) en la carne y los productos cárnicos ahumados del modo tradicional y en el pescado y los productos de la pesca ahumados del modo tradicional, y se establece un contenido máximo de HAP en los polvos de alimentos de origen vegetal utilizados para la preparación de bebidas

Ficha:
  • Órgano COMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 293 de 08 de Septiembre de 2020
  • Vigencia desde 28 de Septiembre de 2020. Revisión vigente desde 28 de Septiembre de 2020
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 37 de 13.2.1993, p. 1.

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(2)

Reglamento (CE) n.º 1881/2006 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2006, por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios (DO L 364 de 20.12.2006, p. 5).

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(3)

Se considera “preparación de bebidas” la utilización de polvos finamente molidos que se incorporan a las bebidas mediante batido.».

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