Entrada en vigor del intercambio de Notas Verbales entre el Reino de España y la República Popular China por el que se establece el Consulado de España en Chengdu, hecho en Pekín el 28 de febrero y el 24 de abril de 2020
Ficha:
- ÓrganoMINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
- Publicado en BOE núm. 306 de 21 de Noviembre de 2020
- Vigencia desde 10 de Octubre de 2020
Versiones/revisiones:


Todo Administración Local: Urbanismo
LibrosDesde 65,21 €(IVA Inc.)Más info.Todo Administración Local: Empleo público
LibrosDesde 65,21 €(IVA Inc.)Más info.Comentarios a la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público (2.ª Edición)
LibrosDesde 85,96 €(IVA Inc.)Más info.Comentarios a la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. 2.ª edición
LibrosDesde 100,78 €(IVA Inc.)Más info.Derecho administrativo vivo
LibrosDesde 37,54 €(IVA Inc.)Más info.Actualidad Administrativa
Periódicos y Revistas445,12 €(IVA Inc.)Más info.
Sumario
El Intercambio de Notas Verbales entre el Reino de España y la República Popular China por el que se establece el Consulado de España en Chengdu, hecho en Pekín el 28 de febrero y 24 de abril de 2020, entró en vigor el 10 de octubre de 2020, tras notificarse ambas Partes por vías diplomáticas el cumplimiento de los trámites constitucionales para la entrada en vigor del presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en su penúltimo párrafo.
Se completa así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 128, de 8 de mayo de 2020.
Madrid, 13 de noviembre de 2020.–El Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino.