Acuerdo Multilateral M330 en virtud de la sección 1.5.1 del ADR, relativo a los certificados de formación de los conductores de conformidad con el punto 8.2.2.8.2 del ADR y los certificados de consejeros de seguridad de conformidad con el punto 1.8.3.7 del ADR, hecho en Madrid el 2 de diciembre de 2020

Ficha:
  • ÓrganoMINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
  • Publicado en BOE núm. 327 de 16 de Diciembre de 2020
  • Vigencia desde 02 de Diciembre de 2020. Revisión vigente desde 02 de Diciembre de 2020
Versiones/revisiones: