Resolución de 14 de diciembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se modifica la de 2 de julio de 2009, por la que se delegan determinadas competencias
- ÓrganoMINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
- Publicado en BOE núm. 332 de 22 de Diciembre de 2020
- Vigencia desde 01 de Enero de 2021


Todo Administración Local: Urbanismo
LibrosDesde 62,70 €(IVA Inc.)Más info.Todo Administración Local: Empleo público
LibrosDesde 62,70 €(IVA Inc.)Más info.Comentarios a la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público (2.ª Edición)
LibrosDesde 82,65 €(IVA Inc.)Más info.Comentarios a la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. 2.ª edición
LibrosDesde 96,90 €(IVA Inc.)Más info.Derecho administrativo vivo
LibrosDesde 36,10 €(IVA Inc.)Más info.Actualidad Administrativa
Periódicos y Revistas428,00 €(IVA Inc.)Más info.
Sumario
El Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, la AECID), aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, establece el marco de las competencias del Director de la Agencia, completado por la normativa vigente que resulte de aplicación.
De acuerdo con lo anterior se adoptó la Resolución de 2 de julio de 2009, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se delegan determinadas competencias.
Por Resolución de 20 de diciembre de 2016 de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, se acordó revocar la delegación de competencias en materia de determinados libramientos de pagos a justificar, salvo aquéllos que se imputen a los créditos asignados a la Secretaría General.
Con el fin de conseguir una mayor eficacia y agilidad en la gestión, se hace preciso delegar determinadas competencias atribuidas al Director.
De conformidad con el artículo 9 y concordantes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelvo:
Primero. Modificación de la Resolución de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, de 2 de julio de 2009, por la que se delegan determinadas competencias.
Se modifica la Resolución de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, de 2 de julio de 2009, en los siguientes términos:
- Uno. Se modifica el párrafo a) del apartado primero, que queda redactado de la siguiente forma:LE0000394105_20170101
- «a) Las competencias del Director de la Agencia sobre aprobación del gasto, compromiso de gasto, reconocimiento de la obligación, ordenación del pago y pago material correspondientes al presupuesto de la Agencia, en los créditos presupuestarios asignados a cada unidad orgánica, hasta un límite de 180.000 euros.»
- Dos. Se añade un nuevo párrafo c) al apartado segundo, con la siguiente redacción:LE0000394105_20170101
- «c) Las competencias del Director de la Agencia en materia de altas, modificaciones y bajas del inventario de bienes y derechos de la AECID, hasta un límite de 180.000 euros o su contravalor en otras divisas.»
Segundo. Derogación.
La presente resolución deja sin efecto la Resolución de 20 de diciembre de 2016, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se modifica la de 2 de julio de 2009, por la que se delegan determinadas competencias, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 31 de diciembre de 2016.
LE0000588326_20170101
Tercero. Efectos.
La presente resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos a partir del día 1 de enero de 2021.