Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, referente a la declaración de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos en procedimientos administrativos
- ÓrganoUNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION A DISTANCIA
- Publicado en BOE núm. 70 de 23 de Marzo de 2021
- Vigencia desde 24 de Marzo de 2021


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Sumario
El calendario laboral de la UNED para el ejercicio 2021 establece que durante los períodos comprendidos entre los días 29 de marzo a 4 de abril de 2021, ambos inclusive, el 2 y el 14 de agosto de 2021, ambos inclusive, y el 24 de diciembre de 2021 y el 6 de enero de 2022, ambos inclusive, debido a la inactividad de los servicios y por razones de optimización de los recursos materiales y energéticos de la Universidad, se procederá a la suspensión de la actividad laboral, permaneciendo cerrados todos los centros, servicios y unidades de la UNED, como norma general, salvo los servicios expresamente autorizados por la Gerencia.
Con el objeto de facilitar el cumplimiento de los plazos establecidos en los correspondientes procedimientos administrativos, y en consonancia con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, este Rectorado, en uso de las competencias que le confiere la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades y los estatutos de la UNED, ha resuelto:
Primero. Declarar inhábiles los períodos comprendidos entre los días 29 de marzo a 4 de abril de 2021, ambos inclusive, el 2 y el 14 de agosto de 2021, ambos inclusive, y el 24 de diciembre de 2021 y el 6 de enero de 2022, ambos inclusive, a efectos del cómputo de los plazos correspondientes a procedimientos incoados cuya resolución corresponda a la UNED, tanto para la presentación de solicitudes como para la realización de trámites o su resolución y notificación del acto de que se trate.