Resolución de 7 de julio de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se publica la Resolución del Consejo Rector de la Agencia Estatal de Investigación, de delegación de competencias
- ÓrganoMINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACION
- Publicado en BOE núm. 175 de 23 de Julio de 2021
- Vigencia desde 24 de Julio de 2021


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- ANEXO. Resolución de 19 de abril de 2021, del Consejo Rector de la Agencia Estatal de Investigación, de delegación de competencias
Para general conocimiento, de conformidad con el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, se procede a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución adoptada por el Consejo Rector de la Agencia Estatal de Investigación (AEI), en su reunión del día 19 de abril de 2021, de delegación de competencias y cuyo texto íntegro se inserta como anexo a la presente Resolución.
ANEXO
Resolución de 19 de abril de 2021, del Consejo Rector de la Agencia Estatal de Investigación, de delegación de competencias
El Estatuto de la Agencia Estatal de Investigación, aprobado por el Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, establece que el Consejo Rector es el órgano de gobierno colegiado de la Agencia.
Según lo establecido en el punto 2.º, apartado c), del artículo 111 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los máximos órganos rectores de los organismos públicos y entidades derecho público vinculados o dependientes de la Administración General del Estado serán competentes para la revisión de oficio de actos y disposiciones dictados por los órganos de ellos dependientes.
Por tanto, en el ámbito de la Agencia Estatal de Investigación, el Consejo Rector ostenta la competencia para la revisión de oficio de los actos dictados por los órganos dependientes.
Al objeto de conseguir una mayor eficacia y eficiencia en la tramitación de los procedimientos de revisión de oficio, procede aprobar un régimen de delegación de dicha competencia de su Consejo Rector.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y previo informe de la Abogacía del Estado, este Consejo Rector, en la reunión celebrada el día 19 de abril de 2021, acuerda:
Primero. Delegar en el titular de la Dirección de la Agencia Estatal de Investigación la competencia para la revisión de oficio de actos nulos y la declaración de lesividad de actos anulables cuando ésta corresponda al Consejo Rector.
Segundo. El Consejo Rector podrá avocar para sí la citada competencia de conformidad con el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Tercero. Cuantos actos y resoluciones se adopten en ejercicio de las competencias delegadas en la presente resolución deberán hacer expresa constancia de tal circunstancia, mediante la mención expresa de esta resolución y de su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en cumplimiento de lo previsto en el apartado 4 del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Cuarto. La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».