Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado
- ÓrganoMinisterio de Hacienda y Función Pública
- Publicado en BOE núm. 213 de 06 de Septiembre de 2021
- Vigencia desde 07 de Septiembre de 2021


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Sumario
- Norma afectada por
- Norma posterior
- LE0000719049_20220211
R Secretaría General de Función Pública 1 Feb. 2022 (da cumplimiento a lo dispuesto en el art. 21.5 de la L 3/2015 de 30 Mar., reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado)
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- Véase la Res. de 1 de febrero de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 3/2005, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado («B.O.E.» 10 febrero).LE0000706600_20210907

La Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, en su artículo 22, dispone que para asegurar mayor transparencia en el control del régimen de incompatibilidades, la Oficina de Conflictos de Intereses elevará al Gobierno cada seis meses, para su remisión al Congreso de los Diputados, un informe detallado sobre el cumplimiento por parte de los titulares de los puestos incluidos en su ámbito de aplicación, de las obligaciones de declarar, así como de las infracciones que se hayan cometido y de las sanciones que hayan sido impuestas identificando a sus responsables. Dicho informe contendrá datos personalizados de los altos cargos obligados a formular sus declaraciones, el número de declaraciones recibidas y a quién corresponden, las comunicaciones efectuadas con ocasión del cese y la identificación de los titulares de los altos cargos que no hayan cumplido dichas obligaciones.
El apartado 2 de dicho precepto establece que dicho informe contendrá, asimismo, información agregada, sin referencia a datos de carácter personal, sobre el número de los altos cargos obligados a formular sus declaraciones, el número de declaraciones recibidas, número de comunicaciones efectuadas con ocasión del cese y número de altos cargos que no hayan cumplido con sus obligaciones previstas en esta ley y que esta información será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por todo ello, se dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha información.
ANEXO
Informe en relación con el grado de cumplimiento de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado
El artículo 22 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, en aras de una mayor transparencia, establece que la Oficina de Conflictos de Intereses elevará al Gobierno cada seis meses, para su remisión al Congreso de los Diputados, un informe detallado sobre el cumplimiento por parte de los titulares de los puestos incluidos en su ámbito de aplicación, de las obligaciones de declarar, así como de las infracciones que se hayan cometido y de las sanciones que hayan sido impuestas identificando a sus responsables. Dicho informe contendrá datos personalizados de los altos cargos obligados a formular sus declaraciones, el número de declaraciones recibidas y a quién corresponden, las comunicaciones efectuadas con ocasión del cese y la identificación de los titulares de los altos cargos que no hayan cumplido dichas obligaciones.
En el supuesto de que se hubiera resuelto algún procedimiento sancionador, se remitirá copia de la resolución a la Mesa del Congreso de los Diputados.
El apartado 2 de dicho precepto establece que el informe regulado en el apartado anterior contendrá, asimismo, información agregada, sin referencia a datos de carácter personal, sobre el número de los altos cargos obligados a formular sus declaraciones, el número de declaraciones recibidas, número de comunicaciones efectuadas con ocasión del cese y número de altos cargos que no hayan cumplido con sus obligaciones previstas en esta ley. Esta información será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por ello, de conformidad con lo establecido en el citado artículo, se informa al Congreso de los Diputados lo siguiente:
Periodo comprendido desde 1 de enero de 2021 al 30 de junio de 2021
Declaraciones recibidas:
- Altos cargos en activo a 30/06/2021: 740.
- Declaraciones de actividades a la toma de posesión: 81.
- Declaraciones de bienes a la toma de posesión: 81.
- Declaraciones de actividades al cese: 68.
- Comunicaciones de cambio de actividad: 15.
- Declaraciones de bienes al cese: 80.
- Declaraciones anuales recibidas en este semestre: 340
Procedimientos sancionadores incoados:
- En virtud de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado: 1.
- En virtud de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: 5.
Procedimientos sancionadores resueltos:
- En virtud de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado: 1.
- En virtud de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Ninguno.