Cuestión de inconstitucionalidad n.º 3523-2021, en relación con el inciso "y su aprobación corresponderá, en todo caso, al órgano de representación municipal" del artículo 74.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía
- ÓrganoTRIBUNAL CONSTITUCIONAL
- Publicado en BOE núm. 227 de 22 de Septiembre de 2021
- Vigencia desde 22 de Septiembre de 2021


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Sumario
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de septiembre de 2021, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3523-2021 planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación núm. 7312-2018, en relación con el inciso «y su aprobación corresponderá, en todo caso, al órgano de representación municipal» del artículo 74.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, por posible infracción del art. 149.1.18 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso núm. 7312-2018, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».