Enmienda al "Acuerdo Marco de la Facilidad Europea de Estabilizaci髇 Financiera entre el Reino de B閘gica, la Rep鷅lica Federal de Alemania, la Rep鷅lica de Estonia, Irlanda, la Rep鷅lica Hel閚ica, el Reino de Espa馻, la Rep鷅lica Francesa, la Rep鷅lica Italiana, la Rep鷅lica de Chipre, el Gran Ducado de Luxemburgo, la Rep鷅lica de Malta, el Reino de los Pa韘es Bajos, la Rep鷅lica de Austria, la Rep鷅lica Portuguesa, la Rep鷅lica de Eslovenia, la Rep鷅lica Eslovaca, la Rep鷅lica de Finlandia y la Facilidad Europea de Estabilizaci髇 Financiera", firmada en Madrid el 5 de septiembre de 2011 (Vigente hasta el 18 de Octubre de 2011).

Ficha:
  • 觬gano MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACION
  • Publicado en BOE n鷐. 216 de
  • Vigencia desde 08 de Septiembre de 2011. Esta revisi髇 vigente desde 08 de Septiembre de 2011 hasta 18 de Octubre de 2011
Versiones/revisiones:
(1)

La Rep鷅lica Hel閚ica, Irlanda y la Rep鷅lica Portuguesa pasan a ser Avalistas Salientes. Portugal contin鷄 respondiendo de los Pagar閟 emitidos antes de pasar a ser Avalista Saliente. La Rep鷅lica de Estonia s髄o es Avalista en cuanto a los Pagar閟 emitidos tras la fecha de entrada en vigor de las enmiendas.

Ello significa que, a la fecha de entrada en vigor de las enmiendas, el total activo de Compromisos de Aval para los Avalistas que no tengan la consideraci髇 de Avalistas Salientes es de 726.000 millones EUR.

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(2)

A la fecha de entrada en vigor de las enmiendas, la Rep鷅lica Hel閚ica, Irlanda y Portugal han pasado a ser Avalistas Salientes.

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(2)

A la fecha de entrada en vigor de las enmiendas, la Rep鷅lica Hel閚ica, Irlanda y Portugal han pasado a ser Avalistas Salientes.

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