Resolución de 18 de abril de 2013, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, por la que se dispone la inscripción en el registro central de Convenios Colectivos de Trabajo, el depósito y la publicación de las tablas salariales para los años 2012 y 2013, del Convenio Colectivo de Empleados de Fincas Urbanas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
- Órgano CONSEJERIA DE ECONOMIA Y EMPLEO
- Publicado en
- Vigencia desde 11 de Abril de 2013
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPLEADOS DE FINCAS URBANAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN
Visto el texto del Acta de la Comisión Negociadora del II CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE EMPLEADOS DE FINCAS URBANAS DE LA COMUNICAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN suscrita el 11.04.2013, de una parte por AFUCYL, y, por otra, CC.OO. y U.G.T. por la que se aprueba el salario base definitivo y demás conceptos económicos de acuerdo con los artículos 27 y 29 del convenio colectivo para los años 2012 y 2013, de conformidad con el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, («B.O.E.» del 29) por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y el Decreto 33/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo, esta Dirección General
ACUERDA
Primero.– Ordenar la Inscripción del Acta por la que se aprueba el salario base definitivo y demás conceptos económicos de acuerdo con los artículos 27 y 29 del II CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE EMPLEADOS DE FINCAS URBANAS DE LA COMUNICAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN para los años 2012 y 2013 en el Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.– Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Tercero.– Depositar un ejemplar en esta Dirección General.
Así lo acuerdo y firmo.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPLEADOS DE FINCAS URBANAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN
ASISTENTES
Por AFUCYL
Por CC.OO.
Por U.G.T.
En la Sede de CC.OO. de Burgos, siendo las 11 horas del día 21 de marzo de 2013, se reúnen las personas al margen citadas y en la representación que consta:
ACUERDAN:
1.– Aprobar el salario base definitivo y demás conceptos económicos de acuerdo con los artículos 27 y 29 del convenio colectivo, para el año 2012.
Art. 28.– Salario base inicial.
Año 2012: 964,00 € al mes.
Art. 31.– Complementos salariales.
Retirada de basura: 5,07 €, Limpieza de garaje: 1,26 € mensuales, Cuidado y limpieza de zonas ajardinadas: Hasta 300 metros, 43,13 € mensuales, de 301 a 1.000 metros 84,99 € mensuales, más de 1.000 metros 126,83 € mensuales, cuidado y limpieza de cada una de las piscinas: 91,66 € mensuales, zonas deportivas: 63,42 € mensuales.
Art. 36.– Plus transporte.
Año 2012: 62,08 € mensuales.
Art. 38.– Teléfono.
Año 2012: 11,29 € mensuales.
2.– Aprobar el salario base y demás conceptos económicos de manera provisional de acuerdo con los artículos 27 y 29 del convenio colectivo, para el año 2013.
Art. 28.– Salario base inicial.
Año 2013: 973,64 € al mes.
Art. 31.– Complementos salariales.
Retirada de basura: 5,12 €, Limpieza de garaje: 1,27 € mensuales, Cuidado y limpieza de zonas ajardinadas: Hasta 300 metros, 43,56 € mensuales, de 301 a 1.000 metros 85,84 € mensuales, más de 1.000 metros 128,10 € mensuales, cuidado y limpieza de cada una de las piscinas: 92,58 € mensuales, zonas deportivas: 64,05 € mensuales.
Art. 36.– Plus transporte.
Año 2013: 62,70 € mensuales.
Art. 38.– Teléfono.
Año 2013: 11,40 € mensuales.
3.– Registrar en la Dirección General de Trabajo de la Junta de Castilla y León, esta acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Empleados de Fincas Urbanas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, con los salarios definitivos de 2012, y provisionales de 2013, para su registro, depósito y publicación en el «B.O.C. y L.».
Sin más asuntos que tratar, y en prueba de conformidad, firman los asistentes en el lugar y fecha arriba indicada.