Decreto 44/2013, de 4 de julio por el que se procede a la inclusión y zonificación de terrenos del municipio de Arnuero en el ámbito de aplicación del Plan de Ordenación del Litoral.
- Órgano CONSEJO DE GOBIERNO
- Publicado en BOC núm. 31 de 11 de Julio de 2013
- Vigencia desde 12 de Julio de 2013
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo único Aprobar la inclusión y zonificación de los terrenos afectados por el Plan de
- DISPOSICIONES FINALES
Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento de Arnuero en solicitud de aprobación definitiva por parte de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al Plan General de Ordenación Urbana.
Resultando, que siendo el municipio de Arnuero uno de los 37 afectados por el Plan de Or- denación del Litoral, señala el artículo 3.1 de la Ley 2/2004, de 27 de septiembre que si en la adaptación del planeamiento urbanístico a esta Ley se advirtiera que existen suelos indebida- mente excluidos de su ámbito de aplicación, la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo propondrá su inclusión y zonificación conforme a los criterios de la misma.
De este modo, se propuso por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística la inclusión y zonificación de los suelos recogidos en la documentación anexa, aprobándose así por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de 17 de mayo de 2013.
Mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Cantabria con fecha 17 de mayo de 2013 se procedió al trámite de información pública, así como al de audiencia singularizada tanto a la Delegación del Gobierno en Cantabria como al Ayuntamiento de Arnuero.
Resultando, que la Dirección General de Medio Ambiente, mediante Resolución de fecha
21 de junio de 2013 señaló que la citada actualización no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, por lo que no debía ser objeto de un procedimiento específico de evaluación de planes y programas, procediéndose por la C.R.O.T.U. en sesión de 28 de junio de 2013 a su nueva aprobación.
Considerando, que el artículo 3.1 de la Ley 2/2004, señala como órgano competente para la aprobación definitiva al Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 4 de julio de 2013.
DISPONGO
Artículo único Aprobar la inclusión y zonificación de los terrenos afectados por el Plan de
Ordenación del Litoral en el municipio de Arnuero, que se reflejan en los planos adjuntos.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOC.