Resolución de 2 de agosto de 2013, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, disponiendo la inscripción en el Registro y publicación del acuerdo sobre tablas salariales definitivas para el año 2012 del Convenio colectivo del sector agropecuario de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano CONSEJERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO
- Publicado en
- Vigencia desde 27 de Junio de 2013
Sumario
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- INTRODUCCION
- ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO AGROPECUARIO DE CANTABRIA
- TABLAS SALARIALES
Visto el acta suscrito por la comisión negociadora del Convenio Colectivo del Sector Agropecuario de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en fecha 27 de junio de 2013, por la que se aprueban las tablas salariales definitivas para el año 2012; y, de conformidad con el artículo 90 del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y los artículos 2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de los acuerdos y convenios colectivos de trabajo; y, en relación con lo señalado en el Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria y Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre asunción de funciones y servicios transferidos, así como el Decreto 9/2011, de 28 de junio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y el Decreto 87/2011, de 7 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
ACUERDA
1.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO AGROPECUARIO DE CANTABRIA
Siendo las 10,00 horas del día 27 de junio de 2013, en los locales de CC.OO sitos en la C/ Santa Clara 5, de Santander se reúne la comisión negociadora del convenio colectivo compuesta;
De una parte en representación patronal:
De otra parte en representación Sindical:
- D. Valentín Fernández Gándara de UGT-FITAG
- D. Santiago Pelayo Pelayo (Federación agroalimentaria de CC.OO)
Primero. Ambas partes se reconocen la representación y legitimación suficientes para constituir la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para las empresas y trabajadores de los sectores agrícolas, ganaderos, pecuarias, así como la plantación, cultivo, comercialización o manipulación de todo tipo de plantas y hortalizas, tanto en invernadero como en exterior, para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Segundo. Se firma la revisión salarial correspondiente al año 2012, quedando el incremento salarial definitivo para dicho año en un 3.2 % sobre las tablas definitivas de 2011.
Tercero. Se autoriza al Consejo de Relaciones Laborales de Cantabria a que proceda al registro de las tablas definitivas de 2012 para su posterior publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
TABLAS SALARIALES
CATEGORÍAS | Mensual | Anual | Hora | Hora extra |
I. Ingenieros y Licenciados | 1.010,20€ | 14.142,86 | 7,95 | 13,9 |
II. Técnico Grado Medio y Ayudante Titulado | 984,95€ | 13.789,32 | 7,75 | 13,56 |
III. Capataz Mayoral, Jefe Administrativo Titulado FP-II y conductor de camión p.m superior 3.500 Kg. | 959,71 € | 13.435,92 | 7,55 | 13,21 |
IV. Tractoristas, Maquinistas, Conductor Transportista de vehículos hasta p.m 3500 Kg, Oficial Administrativo, Guarda Jurado y Titulado de FP-I | 934,46 € | 13.082,38 | 7,35 | 12,86 |
V. Casero, Guarda, Vigilante, Ayudante de Laboratorio y Auxiliar Administrativo. | 909,19 € | 12.728,69 | 7,15 | 12,51 |
VI. Especialistas: Pastor, Cuidador de Ganado, Ordeñador, Segador, Podador Invernarista, Injertador, Apicultor, Esquilador, Cultivador/recolector de flores, frutas, hortalizas y/o verduras. | 903,05 € | 12.642,72 | 7,1 | 12,43 |
VII. Peón | 896,57 € | 12.551,99 | 7,05 | 12,34 |
VIII. Trabajador de 16 y 17 años | 782,91 € | 10.960,69 | 6,16 | 10,78 |
ARTÍCULO 18 INCAPACIDAD TEMPORAL | ||
TIPO DE INCAPACIDAD | €/DÍA | MÁXIMO DÍAS |
IT por Accidente Laboral o Enf. Profes. | 7,95 | 180,00 € |
IT por Enf. C. y Acc. No Lab con hosp. | 7,95 | 30,00 € |
IT por Enf. C. y Acc. No Lab sin hosp. | 15,88 € tres 1s. Días | 30,00 € |
5,29 € a partir de 4 | 30,00 € |
Artículo 19º | 30.000,00 € |
Artículo 23 | 0,23 €/km |
CATEGORÍAS | EUROS | EUROS | €/HORA |
TRIENIO MES | TRIENIO ANUAL | PLUS NOCHE | |
I. Ingenieros y Licenciados | 40,41 € | 565,71 | 1,98 |
II. Técnico Grado Medio y Ayudante Titulado | 39,40 € | 551,57 | 1,94 |
III. Capataz Mayoral, Jefe Administrativo Titulado FP-II y conductor de camión p.m superior 3.500 Kg. | 38,39 € | 537,44 | 1,88 |
IV. Tractoristas, Maquinistas, Conductor Transportista de vehículos hasta p.m 3500 Kg, Oficial Administrativo, Guarda Jurado y Titulado de FP-I | 37,38 € | 523,30 | 1,84 |
V. Casero, Guarda, Vigilante, Ayudante de Laboratorio y Auxiliar Administrativo. | 36,37 € | 509,15 | 1,79 |
VI. Especialistas: Pastor, Cuidador de Ganado, Ordeñador, Segador, Podador Invernarista, Injertador, Apicultor, Esquilador, Cultivador/recolector de flores, frutas, hortalizas y/o verduras. | 36,12 € | 505,71 | 1,78 |
VII. Peón | 35,86 € | 502,08 | 1,76 |
VIII. Trabajador de 16 y 17 años | 31,32 € | 438,43 | 1,54 |