Resolución de 17 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, por la que se registra y publica el acuerdo sobre prórroga de la ultraactividad hasta el 31 de diciembre de 2013 del convenio colectivo de trabajo para la actividad de Tintorerías, Limpieza de Ropa, Lavanderías y Planchado de Ropa de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Órgano CONSEJERIA DE INDUSTRIA, INNOVACION Y EMPLEO
- Publicado en
- Vigencia desde 17 de Septiembre de 2013
Sumario
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- INTRODUCCION
- Tintorerías - Acta Firma
Visto el Acuerdo sobre prórroga de la ultraactividad hasta el 31 de diciembre de 2013 del convenio colectivo de trabajo para la actividad de Tintorerías, Limpieza de Ropa, Lavanderías y Planchado de Ropa de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Código núm. 26001165012003), suscrito al efecto por la Comisión Negociadora del mismo con fecha 31 de julio de 2013, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B.O.E. del 29), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Esta Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, Acuerda:
Primero.- Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial de La Rioja'.
Tintorerías - Acta Firma Prórroga 2013
En la ciudad de Logroño, siendo las dieciocho horas del día treinta y uno de julio de dos mil trece, se reúnen en la sede de la Federación de Empresarios de La Rioja, D. Antonio Sánchez Romero, D. José Ramón Blázquez Madariaga y D. Carmelo Duro Fernández, en representación de la Asociación Riojana de Empresarios de Tintorerías; D. José Antonio Torres Viñambres, en representación de Comisiones Obreras de La Rioja (CC.OO.) y D. Roberto Fernández García, en representación de la Unión General de Trabajadores de La Rioja (UGT).
Como secretario de actas interviene D. David Ruiz Bacaicoa.
El motivo de la reunión es proceder a la firma de la prórroga del Convenio Colectivo de Trabajo para las Empresas de Tintorerías, Limpieza de Ropa, Lavanderías y Planchado de Ropa de La Rioja, para el año 2013.
De conformidad con lo anterior y en función de las competencias de la Comisión Negociadora,
Exponen:
Que de conformidad con el acuerdo adoptado en la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012, 2013 y 2014, las organizaciones sindicales y empresariales que suscriben el presente acuerdo consideran «necesario activar la búsqueda de acuerdos para la firma de los convenios colectivos», como forma de dar perspectivas de estabilidad a las empresas y a los trabajadores afectados por estos convenios, a la vez que se contribuye de forma importante a fomentar la confianza de la sociedad, incidiendo en la recuperación de la inversión, del empleo y del consumo».
Consideramos el convenio de Tintorerías, Limpieza de Ropa, Lavanderías y Planchado de Ropa de La Rioja el instrumento regulador relevante de las condiciones de trabajo de calidad y de la mejora de la capacidad competitiva y de la productividad de las empresas. Por todo ello, existe el compromiso asumido de formar conjunta por los presentes de llegar a un acuerdo en la negociación de dicho convenio.
Que debido a la dificultad de los temas a tratar dentro de la negociación del nuevo convenio, esta mesa negociadora, a día de hoy se encuentra en proceso de negociación de los principales puntos a tratar.
Por todo ello, las partes,
Acuerdan:
Primero.- Continuar con el proceso de negociación en busca del acuerdo de las partes, prorrogando la ultraactividad del presente Convenio de Tintorerías, Limpieza de Ropa, Lavanderías y Planchado de Ropa de La Rioja, hasta el 31 de diciembre de 2013.
Segundo.- De conformidad con el párrafo 2º del artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, presentar el citado Acuerdo junto con la documentación pertinente a la Autoridad Laboral competente, para que proceda a su registro, depósito y posterior publicación en el Boletín Oficial de La Rioja
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión y con ella las negociaciones, siendo las diecinueve horas en el lugar y fecha indicados, extendiéndose la presente Acta en la cual, como Secretaria doy fe de todo lo en ella expuesto, con la firma de los asistentes en prueba de conformidad.