Resolución de la Delegada Territorial de Bizkaia del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, de 3 de octubre de 2013, por la que se dispone el registro, publicación y depósito de la prórroga del Convenio Colectivo del Sector Piedra y Marmol de Bizkaia
- Órgano DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLITICAS SOCIALES
- Publicado en BOB núm. 193 de 08 de Octubre de 2013
- Vigencia desde 27 de Septiembre de 2013. Revisión vigente desde 27 de Septiembre de 2013
Sumario
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- INTRODUCCION
- ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE PIEDRA Y MÁRMOL DE BIZKAIA
ANTECEDENTES
Primero: Por vía telemática se ha presentado en esta delegación el convenio citado, suscrito por la representación patronal y la representación sindical.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero: La competencia prevista en el artículo 90.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo («BOE» de 29-3-1995) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el artículo 19.1.g del Decreto 191/2013, de 9 de abril («BOPV» de 24-04-2013) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero, («BOPV» de15-02-2011) y con el Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo («BOE» de 12/06/2010) sobre registro de convenios colectivos.
Segundo. El convenio ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero: Ordenar su inscripción y depósito en la Sección Territorial de Bizkaia del Registro de Convenios Colectivos, con notificación a las partes.
Segundo: Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia».
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE PIEDRA Y MÁRMOL DE BIZKAIA
Día: 27 de septiembre de 2013.
Hora inicio: 8:30.
Hora fin: 10:00.
Lugar: Sede Territorial del Consejo de Relaciones Laborales, Alda. Urquijo, 2, 3.ª (Consejo de Relaciones Laborales), Bilbao.
En el lugar y fecha indicados y previa la convocatoria oportuna, se ha reunido la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Piedra y mármol de Bizkaia con asistencia de los miembros indicados al margen, en relación a la prórroga del convenio colectivo.
Reunidas las partes, establecen los términos de un preacuerdo para la conclusión de la negociación del convenio colectivo, y acuerdan al amparo del artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores ampliar hasta la firma definitiva del convenio colectivo, y en todo caso no más que hasta el 30 de octubre de 2013, la prórroga del convenio que fue extendida mediante acta suscrita el 5 de julio hasta el 30 de septiembre de 2013.
Se encomienda al Consejo de Relaciones Laborales, en la persona de su presidente, Tomás Arrieta Heras, en nombre de las partes firmantes del presente acuerdo para que sea registrado y publicado en el Boletín Oficial.
- ASPIMABI, CCOO, UGT.