Acuerdo GOV/150/2013, de 29 de octubre, por el que se modifican los apartados 2 y 3 del Acuerdo GOV/215/2010, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones.
- Órgano DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
- Publicado en DOGC núm. 6492 de 31 de Octubre de 2013
- Vigencia desde 01 de Noviembre de 2013
Sumario
El Acuerdo del Gobierno de 16 de noviembre de 2010 de aprobación del Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones encomienda, en el punto 2, «la coordinación de la ejecución de las actuaciones incluidas en el Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones a la Dirección General de Planificación y Evaluación del Departamento de Salud, mediante el director o la directora del Plan director de salud mental y adicciones.»
En el punto 3 del mismo acuerdo se menciona que «con la finalidad de apoyar y aportar una perspectiva transversal a los órganos regulados en el Decreto 30/2006, de 28 de febrero, por el que se crea el Plan director de salud mental y adicciones y su Consejo Asesor, en las funciones de impulsar, evaluar y hacer el seguimiento de la ejecución e implantación del Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones, se crea una Comisión Interdepartamental» y se describe su composición.
El Gobierno considera que el abordaje de la salud mental se debe hacer de manera integral y coordinada con todos los ámbitos que se relacionan con ella, no sólo desde el ámbito de la salud, sino también desde el ámbito social, laboral y educativo, entre otros.
Por este motivo, respondiendo a una petición directa del sector de la salud mental y a un compromiso del presidente de la Generalidad de velar desde el Departamento de la Presidencia por el seguimiento de la aplicación del Plan Integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones, el Gobierno considera necesario modificar la composición y funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de seguimiento del Plan Integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones.
Considerando lo que dispone la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;
Por todo ello, a propuesta de los consejeros de la Presidencia y de Salud, el Gobierno
Acuerda:
1. Modificar el redactado de los apartados 2 y 3 del Acuerdo GOV/215/2010, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones que quedarían de la siguiente manera:
«-2. Encomendar la coordinación de la ejecución de las actuaciones incluidas en el Plan Integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones a la Secretaría del Gobierno del Departamento de la Presidencia, mediante el secretario del Gobierno.
-3. Con la finalidad de apoyar y aportar una perspectiva transversal a la aplicación del Plan Integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones, se crea una Comisión Interdepartamental con la siguiente composición:
- La persona titular de la Secretaría del Gobierno, que es el presidente o presidenta.
- La persona titular de la Oficina del Presidente y Coordinación Interdepartamental del Departamento de Presidencia, que es el vicepresidente o vicepresidenta.
- Una persona en representación de cada uno de los siguientes departamentos: Enseñanza, Salud, Bienestar Social y Familia, Empresa y Ocupación, y Justicia, designadas por la persona titular de los departamentos respectivos.
- A propuesta del presidente o presidenta de la Comisión podrán asistir puntualmente a las sesiones representantes de otros departamentos cuando la materia que se trate sea competencia de estos.
- También podrán asistir, a propuesta del presidente o presidenta de la Comisión, personas externas a los departamentos que por su perfil técnico, profesional o de conocimiento del sector puedan aportar valoraciones del interés de la Comisión.
- Esta Comisión Interdepartamental está adscrita a la Secretaría del Gobierno, y es la Oficina del Presidente y Coordinación Interdepartamental la que le presta el apoyo administrativo y de gestión necesario.
- La duración de la Comisión se extenderá hasta la ejecución del Plan.
- El funcionamiento interno de la Comisión se debe ajustar a las disposiciones generales reguladoras de los órganos colegiados de la Administración de la Generalidad.»
2. Publicar este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.