Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 127/2013, de 29 de octubre, por el que se modifica el Decreto Foral 41/2013 por el que se establecen las bases y convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones para la promoción de la empleabilidad mediante la contratación en prácticas
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE PROMOCION ECONOMICA
- Publicado en BOB núm. 213 de 07 de Noviembre de 2013
- Vigencia desde 08 de Noviembre de 2013
Sumario
- Norma afectada por
- Norma posterior
- LE0000525437_20151014
DF 27/2014, de 11 Mar. Bizakai (bases y convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones para la promoción de la empleabilidad de jóvenes)
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- Véase D Foral [BIZKAIA] 27/2014, 11 marzo 2014, por el que se establecen las bases y convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones para la promoción de la empleabilidad de jóvenes en Bizkaia («B.O.B.» 14 marzo).LE0000501931_20131108
Véase D Foral [BIZKAIA] 27/2014, 11 marzo 2014, por el que se establecen las bases y convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones para la promoción de la empleabilidad de jóvenes en Bizkaia («B.O.B.» 14 marzo).LE0000516038_20131108

Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia de 19 de marzo de 2013, se aprobó el Decreto Foral 41/2013, por el que se establecen las bases y convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones para la promoción de la empleabilidad mediante la contratación en prácticas.
El Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 34/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral dispone en su artículo 41,2 que «si en los decretos aprobados se justificase que las cuantías totales máximas de las subvenciones solo pueden ser estimadas, los créditos presupuestarios podrán ser modificados antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, mediante decreto foral aprobado por acuerdo de Consejo de Gobierno…».
En el presente caso la Disposición final tercera del Decreto Foral 41/2013 y en lo que se refiere al crédito establece que las cuantías totales máximas autorizadas tienen carácter estimativo, por lo que su modificación podrá realizarse de conformidad con el artículo 41 del Decreto Foral 34/2010.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de octubre de 2013.
El importe de la cuantía total máxima de la subvención fue aprobada mediante el Decreto Foral 41/2013 con carácter estimativo. Por lo que, a la vista del objeto de subvención, del incremento del número de solicitudes respecto a las previstas inicialmente, y estando abierto a la fecha actual el plazo de presentación de solicitudes se hace necesario realizar los siguientes movimientos presupuestarios:
Incrementar el crédito en la partida económica 0806/G/320203/44300 proyecto 2007/563 en la cuantía de 209.420 euros, con la siguiente distribución: ejercicio 2013, 104.710 euros; ejercicio 2014, 104.710 euros.
Incrementar el crédito en la partida económica 0806/G/320203/44900 proyecto 2007/563 en la cuantía de 14.372 euros, con la siguiente distribución: ejercicio 2013, 7.186 euros; ejercicio 2014, 7.186 euros.
Incrementar el crédito en la partida económica 0806/G/320203/45100 proyecto 2007/563 en la cuantía de 16.000 euros, con la siguiente distribución: ejercicio 2013, 8.000 euros; ejercicio 2014, 8.000 euros.
En virtud de lo expuesto y, en base, a lo previsto en la Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero sobre Elección, Organización, Régimen y Funcionamiento de las Instituciones forales del Territorio Histórico de Bizkaia, a propuesta del Diputado foral del Promoción Económica y previa deliberación y aprobación por el consejo de Gobierno de la diputación Foral de Bizkaia, en su reunión de fecha 29 de octubre de 2013.
DISPONGO:
Artículo 1
Se modifica la disposición final tercera, quedando redactada como sigue:
Las ayudas y beneficios que puedan otorgarse con arreglo al presente Decreto, se efectuarán con cargo a las siguientes partidas y dotaciones presupuestarias, sin perjuicio de que las mismas puedan ser modificadas de conformidad con la normativa presupuestaria vigente.
- - Partida: 0806/G/320203/44300 2007/0563
- - Gasto plurianual 1.239.420 euros
- - Importe y distribución por ejercicios:
- - Año 2013: 619.710 euros
- - Año 2014: 619.710 euros
- - Partida: 0806/G/320203/44900 2007/0563
- - Gasto plurianual: 70.972 euros
- - Importe y distribución por ejercicios:
- - Año 2013: 35.486 euros
- - Año 2014: 35.486 euros
- - Partida: 0806/G/320203/45100 2007/0563
- - Gasto plurianual: 80.000 euros
- - Importe y distribución por ejercicios:
- - Año 2013: 40.000 euros
- - Año 2014: 40.000 euros
El importe total de las ayudas que se concedan tendrá como límite máximo estimativo la cantidad de 1.390.392 euros, y se podrá modificar conforme a lo previsto en el artículo 41 del Decreto foral 34/2010 en relación a los límites de las cuantías máximas. Así mismo, la distribución entre los créditos presupuestarios tiene carácter estimativo, por lo que en función de las solicitudes presentadas y debido a la distinta naturaleza de las posibles entidades beneficiarias las consiganciones presupuestarias se podrán distribuir entre las distintas partidas señaladas en este artículo, sin superar el límite global fijado.
