DECRETO 182/2013, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente a efectuar una encomienda de gestión al Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón para la ejecución de un proyecto de investigación relativo al inventario de emisiones de gases de efecto invernadero y sumideros en el sector de uso del suelo, su cambio y actividades forestales (LULUCF) en Aragón (Vigente hasta el 31 de Diciembre de 2014).
- Órgano CONSEJERIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MEDIO AMBIENTE
- Publicado en BOA núm. 234 de 27 de Noviembre de 2013
- Vigencia desde 27 de Noviembre de 2013. Esta revisión vigente desde 27 de Noviembre de 2013 hasta 31 de Diciembre de 2014
Sumario
El Decreto 333/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, asigna a este Departamento, entre otras, las competencias en materia de cambio climático.
Corresponde al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente el desarrollo de actuaciones sobre cambio climático y las funciones de coordinación en esta materia, así como la dinamización e integración de las políticas públicas dirigidas a la reducción de gases de efecto invernadero, GEI.
Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de septiembre de 2009 se aprobó la Estrategia Aragonesa de Cambio Climático y Energías Limpias, un documento estratégico que establece los objetivos en materia de lucha contra el cambio climático. Uno de los sectores de la Estrategia es el sector de la agricultura, ganadería y actividades forestales, un sector con una doble condición. Por un lado, como fijador de CO2 mediante la actividad fotosintética y por otro, como sector emisor debido a las actividades agrarias propias, como es el uso de maquinaria, el laboreo, la fertilización e incluso, en el sector forestal, los episodios de incendio. Por ello, la Estrategia establece como objetivos mantener y avanzar en una agricultura y ganadería que reduzcan emisiones y potenciar la gestión forestal sostenible que promueva la fijación de carbono, frente a la erosión, favorezca el mantenimiento de la biodiversidad, y el aprovechamiento racional de los recursos por las poblaciones locales y del paisaje.
En desarrollo de los compromisos del Gobierno de Aragón, en la sesión de fecha 1 de diciembre de 2009, el Consejo de Gobierno adoptó el Acuerdo de aprobación del Plan de Acción del Gobierno de Aragón frente al Cambio Climático y de las Energías Limpias. El mencionado documento recoge 151 medidas para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y facilitar la adaptación de los principales sectores económicos a los primeros impactos del cambio climático. Una de estas medidas es el estudio de los sumideros de CO2 en Aragón y la difusión de los conocimientos obtenidos, una actuación ya comenzada con el estudio realizado sobre la funcionalidad de la vegetación leñosa de Aragón, las existencias de carbono almacenado en la misma y la estimación de las predicciones de fijación. Continuando con la línea de estos estudios realizados, resulta conveniente ahora profundizar en el sector de uso del suelo, su cambio y las actividades forestales (LULUCF) en Aragón como sumideros de carbono.
Se considera necesario avanzar en el conocimiento, en el ámbito de la comunidad autónoma, de las emisiones y absorciones que se producen por los usos del suelo y sus cambios, así como por la vegetación agrícola y forestal, tomando como base el Inventario Nacional. Para ello se debe contar con científicos y profesionales expertos en el manejo de bases de datos y metodologías de cálculo de incremento de carbono almacenado en formaciones vivas y suelos, materia ésta en la que Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria (en adelante, CITA) tiene una significativa experiencia.
En este sentido, el CITA, creado por la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, está configurado como una entidad de derecho público que ajusta su actividad al derecho privado, y está adscrito al Departamento de Industria e Innovación. El CITA tiene, entre otros, los fines de impulsar la investigación científica en materia agroalimentaria e impulsar la transferencia y la innovación en el sector agroalimentario aragonés.
De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la realización de actividades de carácter técnico, de la competencia de los órganos administrativos, podrá ser encomendada a entidades de la misma administración, cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño; teniendo en cuenta que la encomienda no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
Según el artículo 38 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, la encomienda de gestión a un organismo público dependiente de otro Departamento de la administración autonómica precisará de la previa autorización del Gobierno de Aragón, y el decreto mediante el que se autorice, contendrá su régimen jurídico, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada y obligaciones asumidas.
Esta encomienda es susceptible de ser cofinanciada al cincuenta por ciento por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional dentro del Programa Operativo FEDER Aragón 2007-2013, Objetivo competitividad y empleo para Aragón, Eje 2: Medio Ambiente y prevención de riesgos, Categoría 49: Mitigación y adaptación al cambio climático.
Por cuanto antecede, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 19 de noviembre de 2013,
DISPONGO
Primero.- Autorizar al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente a efectuar una encomienda de gestión al Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de las actividades que se detallan en el anexo, por carecer de los medios técnicos idóneos para su desempeño, autorización que se hace efectiva en virtud de este acto.
Segundo.- Las actividades técnicas que se encomiendan tienen por objeto la ejecución de un proyecto de investigación relativo al inventario de emisiones de gases de efecto invernadero y sumideros en el sector de uso del suelo, su cambio y actividades forestales (LULUCF) en Aragón, de acuerdo con lo indicado en el anexo, para posterior uso por la Dirección General de Calidad Ambiental, como órgano competente del Gobierno de Aragón en materia de Cambio Climático.
Tercero.- Serán obligaciones del CITA, en el desempeño de estas actividades:
- a) Aportar los medios materiales y humanos para la realización de la encomienda: Director de la investigación y técnicos de apoyo e infraestructuras necesarias.
- b) Informar a la Dirección General de Calidad Ambiental sobre el desarrollo de las actividades encomendadas.
- c) Seguir las directrices de la Dirección General de Calidad Ambiental en lo relativo a objetivos a alcanzar y aspectos administrativos y de gestión.
Cuarto.- El seguimiento de las actividades encomendadas correrá a cargo de la Dirección General de Calidad Ambiental, Servicio de Cambio Climático y Educación Ambienta quien designará a un funcionario de dicha unidad administrativa como representante del órgano encomendante que dirigirá la encomienda y dará las instrucciones para su desarrollo. La encomienda no implica la cesión de la titularidad de las competencias anteriormente expresadas ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente, siendo responsabilidad de este último dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actividades objeto de encomienda.
Quinto.- Correrán a cargo de las siguientes partidas presupuestarias los gastos originados por las actividades objeto de esta encomienda, que se abonarán por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente al CITA con la siguiente distribución:
- FONDOS FINANCIADORES 2013 2014 TOTAL
- Fondos FEDER
14070/G/4422/609000/14101 3.125 € 17.708,33 € 20.833,33 €
- Fondos Cofinanciadores del Gobierno de Aragón
14070/G/4422/609000/91001 3.125 € 17.708,33 € 20.833,33 €
Presupuesto no Elegible, en este caso los costes indirectos del Centro
- Fondos propios del Gobierno de Aragón
14070/G/4422/609000/91002 1.250 € 7.083,33 € 8.333,33 €
Presupuesto TOTAL 7.500 € 42.499,99 € 49.999,99 €
Los pagos se efectuarán mediante ingreso en la cuenta indicada por el CITA, previa certificación de la Dirección General de Calidad Ambiental de la conformidad con el trabajo realizado y previa emisión de la correspondiente memoria, en la que figurarán los costes asignados al proyecto, así como su justificación en base a los siguientes conceptos:
- 1. Personal Copia de los justificantes de nómina y pagos efectuados a la Seguridad Social (impresos TC1 y TC2) complementado con copia del contrato de trabajo haciendo constar expresamente la referencia al trabajo desarrollado y su relación con la encomienda.
- 2. Ejecución
-
3.
Costes Indirectos (20% de los gastos de ejecución y personal) Con certificado expedido por el director del Centro en concepto de gastos indirectos generados por el desarrollo de la encomienda.
A la presentación de la memoria precitada por parte del CITA, la Dirección General de Calidad Ambiental emitirá un certificado en el que exprese su conformidad con las actividades realizadas y su coste en cada ejercicio.
El plazo de presentación de todos los documentos para la justificación de los gastos imputables terminará el día 20 de diciembre de cada año en curso.
No obstante, en caso necesario, la justificación del pago de las nóminas, seguros sociales y dietas y desplazamientos del personal técnico contratado por el CITA del mes de noviembre y diciembre se efectuará mediante certificado del Director o Secretario del CITA, en el que conste el pago pendiente de abono por dichos conceptos así como el compromiso de su pago y de la aportación de los justificantes correspondientes antes del 15 de febrero del año siguiente.
De igual modo, para las adquisiciones de diciembre, cuya documentación acreditativa no haya podido tramitarse antes del fin del plazo de presentación de la justificación, se procederá de modo análogo, mediante certificado del Director o Secretario del CITA, en el que conste la existencia de dicha adquisición, cuyo pago se encuentra pendiente, así como el compromiso de abono y aportación de la justificación completa antes del 15 de febrero del año siguiente.
Los plazos previstos anteriormente podrán ser objeto de prórroga previa solicitud motivada presentada por el CITA, dirigida a la Dirección General de Calidad Ambiental, debiendo ser solicitada la prórroga y autorizada la misma antes de la terminación del plazo de justificación.
Sexto.- La realización de la presente encomienda quedará sujeta al cumplimiento por el CITA de la normativa reguladora del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dado que esta acción se cofinanciará por el Programa Operativo FEDER Aragón 2007-2013.
Séptimo.- La vigencia de la encomienda de gestión se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2014. La encomienda podrá ser suspendida o dejada sin efecto en caso de incumplimiento de las directrices y medidas previstas en este decreto, o por otros motivos debidamente justificados. En cualquier caso, existirá por parte de la Dirección General de Calidad Ambiental una comprobación final de la ejecución de la presente encomienda.
Octavo.- Este decreto producirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».
ANEXO
ACTIVIDADES OBJETO DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN
1. Es objeto de la encomienda la realización de un estudio o trabajo de investigación que establezca bases metodológicas y determine fuentes información para la realización de un inventario de emisiones y absorciones en el sector del uso del suelo, su cambio y actividades forestales (LULUCF) a escala territorial autonómica.
2. Las metodologías utilizadas han de ser acordes con las utilizadas en el Inventario Nacional y, cuando supongan una mejoría o incremento de detalle con respeto a éste, han de cumplir las establecidas y ratificadas por el Panel Intergubernamental de Cambio Climático, IPCC.
3. La información generada debe permitir poner en relación los datos obtenidos para Aragón con el total nacional en este apartado del inventario, el estudio comparado y la evolución desde 1990, así como, determinar campos de actuación posibles con el objetivo de reducir las emisiones del sector y/o aumentar su capacidad como sumidero, e incluso mitigar los efectos del cambio climático en el sector.
4. Tareas a realizar:
- - Recopilación de información y documentación sobre LULUCF y sus metodologías de estimación
- - Análisis de los métodos utilizados en el Inventario nacional de emisiones.
- - Contraste con datos locales (Aragón) de los métodos del Inventario Nacional.
- - Recopilación de información cartográfica y de imágenes para estudios de evolución y cambios de uso del suelo
- - Puesta a punto y ensayo de métodos de contraste de la información de series temporales de uso del suelo
- - Aplicación de las metodologías establecidas anteriormente para el caso de Aragón
- - Proyecciones y simulaciones en LULUCF en Aragón para la mitigación de los gases de efecto invernadero, GEI
- - Síntesis de resultados y redacción informe final