Resolución EMO/2672/2013, de 5 de diciembre, por la que se dispone la inscripción y la publicación del acuerdo sobre jornada y permisos del Convenio colectivo de trabajo del sector de talleres para disminuídos psíquicos de Cataluña
- Órgano DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
- Publicado en DOGC núm. 6526 de 20 de Diciembre de 2013
- Vigencia desde 03 de Julio de 2013. Revisión vigente desde 03 de Julio de 2013
Sumario
Visto el texto del acuerdo sobre jornada y permisos del Convenio colectivo de trabajo del sector de talleres para disminuídos psíquicos de Catalunya, suscrito por la parte empresarial por los representantes de DINCAT, La Confederació y FECETC, y por la parte social por los representantes de CCOO y de UGT, el 21 de noviembre de 2013, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2 del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; el Decreto 352/2011, de 7 de junio, de reestructuración del Departamento de Empresa y Empleo, y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya,
Resuelvo:
-1 Disponer la inscripción del acuerdo mencionado en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora.
-2 Disponer su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimento previo de los trámites pertinentes.
Asistentes:
En Barcelona, el día 21 de noviembre de 2013 se reúnen a las 10 horas en la sede de la patronal DINCAT los señores y las señoras que se relacionan al margen, para proceder a continuar las negociaciones de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de trabajo del sector de talleres para disminuidos psíquicos de Cataluña para los años 2013 y siguientes.
Se inicia la reunión con el nombramiento de la señora Paula Jiménez como Presidenta de la reunión de hoy y del Sr. Pedro Sánchez como Secretario.
Las partes, por la vía del artículo 86.3 del Estatuto de los trabajadores acuerdan que, durante el año 2014 la jornada aplicable a los trabajadores que prestan servicios para los centros especiales de trabajo será:
- a) Para los grupos 1 al 7: 1.730 horas de trabajo efectivo para el personal a jornada cumplida.
- b) Para los grupos 8 a 11: 1.623,5 horas de trabajo efectivo para el personal a jornada cumplida.
En el caso del personal en contrato parcial la jornada pactada se adaptará en función del porcentaje de parcialidad.
Asimismo acuerdan que, para este mismo personal y durante el año 2014, los días de permiso retribuido de los artículos 17 y 19 se reduzcan a 10 sin que el disfrute de estos 10 días cuente como trabajo efectivo a efectos del cumplimiento de la jornada anual.
Las dos partes remarcan su voluntad y compromiso de continuar negociando para llegar a un acuerdo de convenio antes de finales del 2014 quedando prorrogadas el resto de materias del convenio.
Finalmente las dos partes manifiestan su voluntad de llegar a un acuerdo en materia de subrogación que sea aplicable para el 2014 y se emplazan para continuar en la próxima reunión abordando este tema.
Este Acuerdo lo firman CC.OO, UGT, DINCAT, La Confederación y FECET.
Se faculta a Pedro Sánchez o a Montse Campdepadros con el fin de registrar este Acuerdo parcial.
Y no habiendo más cuestiones a tratar, se da por acabada la sesión en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.