DECRETO 22/2014, de 18 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta complementaria de la Oferta de Empleo Público de 2007 en el ámbito de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Órgano DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA
- Publicado en BOA núm. 38 de 24 de Febrero de 2014
- Vigencia desde 24 de Febrero de 2014
Sumario
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- INTRODUCCION
- Artículo primero Aprobación de la Oferta de Empleo Público complementaria de la Oferta de Empleo Público de 2007
- Artículo segundo Número de plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público complementaria
- Artículo tercero Acceso por turno libre
- Artículo cuarto Acceso de personas víctimas de terrorismo o afectadas por actos de terrorismo
- Artículo quinto Acceso de personas con discapacidad
- Artículo sexto Acceso a través de procedimientos de promoción interna
- Artículo séptimo Ordenación de los procesos selectivos
- Artículo octavo Acumulación de los procesos selectivos
- Artículo noveno Adjudicación de primeros destinos
- Artículo décimo Entidades de Derecho Público
- DISPOSICIONES FINALES
- ANEXO I . ACCESO POR TURNO LIBRE (2007)
- ANEXO II . ACCESO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (2007)
- ANEXO III . PROMOCIÓN INTERNA (2007)
- ANEXO IV . ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO (2007)
El artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 23 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto-Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, constituyen el marco normativo regulador de la Oferta de Empleo Público. La Oferta de Empleo Público es, de conformidad con dichos preceptos, el instrumento de planificación en el que figuran las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso.
Con fecha 11 de julio de 2013 el Tribunal Superior de Justicia de Aragón resolvió los incidentes de ejecución, en relación con las sentencias que anularon las Ofertas de Empleo Público de 2007 y de 2011, requiriendo al Gobierno de Aragón para que en un plazo de seis meses aprobara los Decretos complementarios a las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011 incluyendo todas las plazas vacantes y cubiertas por funcionarios interinos, salvo aquéllas que se previera su efectiva amortización y las reservadas a funcionarios de carrera.
El Decreto-Ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, de medidas para la ejecución de las Sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 29 de octubre de 2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 10 de febrero de 2012, dispone que el Gobierno de Aragón aprobará los Decretos de Oferta de Empleo Público complementarios de los Decretos 67/2007, de 8 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2007, y 83/2011, de 5 de abril y 133/2011, de 14 de junio, por los que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2011.
En el artículo 1.2 del Decreto-Ley se contempla que los Decretos complementarios establecerán las medidas necesarias para la ordenación adecuada de los procesos selectivos derivados de las Ofertas de Empleo Público que, en todo caso, deberán desarrollarse en el plazo improrrogable de tres años, comenzando por la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2007.
El artículo 2.2 del citado Decreto-Ley determina que el Decreto complementario correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2007 incluirá un total de 558 plazas del ámbito de Administración General, todas ellas vacantes no reservadas a funcionarios de carrera, actualmente cubiertas por funcionarios interinos y que lo estaban a 31 de diciembre de 2006, y consignará el porcentaje de plazas destinadas a la promoción interna.
Finalmente, el artículo 3 establece que en las Ofertas de Empleo Público se reservará un siete por ciento para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad. Asimismo, se reservará un cupo para ser cubiertas por quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo.
En aplicación de la regulación previamente mencionada, se procede a la aprobación de la Oferta de Empleo Público complementaria de la Oferta de Empleo Público para el año 2007 correspondiente al ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma. Se incorpora el desglose por especialidades de las plazas reservadas a personas con discapacidad, víctimas del terrorismo y, asimismo, un conjunto de plazas de acceso por promoción interna.
Esta disposición es, además, plenamente respetuosa con lo dispuesto en la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2014, cuyo artículo 21 establece que a lo largo del ejercicio 2014 no se procederá en el sector público (...) a la incorporación de nuevo personal, salvo el que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión de 18 de febrero de 2014,
DISPONGO
Artículo primero Aprobación de la Oferta de Empleo Público complementaria de la Oferta de Empleo Público de 2007
En cumplimiento del artículo 1 del Decreto-Ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, y en ejecución de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de 29 de octubre de 2010 del Tribunal Supremo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto-Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, se aprueba la Oferta de Empleo Público complementaria a la Oferta de Empleo Público de 2007 para el ámbito de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma, en los términos que se fijan en el presente Decreto.
Artículo segundo Número de plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público complementaria
En la Oferta de Empleo Público complementaria se incluyen un total de 558 plazas, de las que 414 son de acceso libre y 106 de promoción interna, dotadas presupuestariamente que figuran en las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma, con el desglose a que se refieren los artículos siguientes y anexos finales.
Artículo tercero Acceso por turno libre
En el anexo I se recogen las plazas ordenadas por escalas y clases de especialidad, cuyos procesos selectivos deberán convocarse mediante turno de acceso libre.
Artículo cuarto Acceso de personas víctimas de terrorismo o afectadas por actos de terrorismo
1. De las plazas ofertadas en el turno libre se reserva un cupo para ser cubiertas por quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo.
2. Las plazas ordenadas por escalas y clases de especialidad para los que se reserva tal cupo, y cuyos procesos selectivos deberán convocarse en el turno de acceso libre son las siguientes:
GRUPO | ESCALA | CLASE DE ESPECIALIDAD | PLAZAS |
C1 |
General Administrativa |
Administrativos | 1 |
C2 |
Auxiliar Administrativa |
1 |
3. Las plazas de este cupo que queden vacantes se acumularán a las correspondientes de acceso libre.
Artículo quinto Acceso de personas con discapacidad
En el anexo II, se recogen las plazas ordenadas por escalas y clases de especialidad, cuyos procesos selectivos deberán convocarse de forma independiente, destinadas a quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad física o sensorial, en un grado igual o superior al 33 por 100.
Artículo sexto Acceso a través de procedimientos de promoción interna
1. En el anexo III se recogen las plazas correspondientes a las Escalas y Clases de especialidad cuyos procesos selectivos deberán convocarse a través de procedimientos de promoción interna.
2. La adjudicación de destinos a los aspirantes que superen el proceso de promoción interna a la Escala General Administrativa, Administrativos, se efectuará mediante la reclasificación posterior de las plazas correspondientes a la Escala Auxiliar Administrativa, con carácter previo a su adjudicación.
Artículo séptimo Ordenación de los procesos selectivos
1. Las plazas reservadas a personas incluidas en los artículos quinto y sexto que no resulten cubiertas por las mismas podrán acumularse a los procedimientos de turno libre derivados de la presente Oferta de Empleo Público complementaria, y en su caso, a los procesos derivados del Decreto por el que se aprueba la Oferta complementaria de 2011, en el ámbito de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. El órgano convocante de los procesos de promoción interna podrá modificar la estructura de los ejercicios en relación con la de anteriores convocatorias, sin que ello influya en la nota final de los aspirantes afectados por la reserva de la puntuación, de manera que la puntuación total de las pruebas de oposición resulte del mismo valor que el que tenía en las pruebas realizadas con anterioridad.
Artículo octavo Acumulación de los procesos selectivos
Los procesos de selección derivados del presente Decreto podrán acumularse a procesos derivados del Decreto por el que se aprueba la Oferta complementaria de 2011, en el ámbito de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre y cuando en aquellos no se haya aprobado la lista provisional de candidatos admitidos.
Artículo noveno Adjudicación de primeros destinos
1. Con el fin de proceder a la homogeneización y racionalización de los puestos de trabajo, el Departamento competente en materia de función pública adoptará las medidas y actuaciones necesarias para garantizar la asignación eficiente y la optimización de sus recursos humanos, pudiendo condicionar la adjudicación de los primeros destinos a su previa modificación en la relación de puestos de trabajo.
2. Los primeros destinos ofrecidos a los candidatos que accedan por el turno de discapacitados requerirán la previa evaluación técnica para garantizar las condiciones de desempeño adecuadas.
Artículo décimo Entidades de Derecho Público
1. El puesto de trabajo número 3695 de la Relación de puestos de trabajo del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, publicada por Orden de 1 de febrero de 2014 del Departamento de Hacienda y Administración Pública, se incorporará a la plantilla del personal propio de la Entidad aprobada por Acuerdo de 22 de mayo de 2012 del Gobierno de Aragón.
2. En consecuencia, se aprueba la inclusión de tal puesto de trabajo en esta Oferta de Empleo Público complementaria de la Oferta de Empleo Público de 2007 como plaza de la plantilla de personal propio del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, figurando como anexo IV.
Disposiciones finales:
Primera Habilitación de desarrollo
Se faculta al Consejero de Hacienda y Administración Pública para dictar las disposiciones que precise el desarrollo de este Decreto.
Segunda Convocatoria y desarrollo de los procesos selectivos
De acuerdo con lo previsto en el Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón y el Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se establece la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los procesos selectivos correspondientes serán convocadas, tramitadas y resueltas por el Departamento de Hacienda y Administración Pública.
Tercera Entrada en vigor
Este Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».
ANEXO I
ACCESO POR TURNO LIBRE (2007)
Personal funcionario de Administración General
GRUPO | ESCALA | CLASE DE ESPECIALIDAD | PLAZAS |
A1 | Escala Superior de Administración | Administradores Superiores | 19 |
A1 | Escala Superior de Administración | Técnicos Superiores de Gestión de Empleo | 1 |
A1 | Escala Superior de Administración | Sociólogos y Politólogos | 1 |
A1 | Letrados de los Servicios Jurídicos | 1 | |
A1 | Escala Facultativa Superior | Arquitectos | 4 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos | 1 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Ingenieros Industriales | 2 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Ingenieros Agrónomos | 3 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Ingenieros de Montes | 1 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Médicos de Administración Sanitaria | 5 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Farmacéuticos de Administración Sanitaria | 16 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Veterinarios de Administración Sanitaria | 7 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Fac. Sup. Especialistas: biólogos | 1 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Fac. Sup. Especialistas: geólogos | 1 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Fac. Sup. Patrimonio Cultural: etnólogos | 1 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Fac. Sup. Patrimonio Cultural: museos | 2 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Fac. Sup. Patrimonio Cultural: Bibliotecas | 2 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Técnicos Superiores de Prevención Riesgos Laborales | 4 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Técnicos Superiores de Prevención Riesgos Laborales (Medicina del Trabajo) | 4 |
A1 | Escala Sanitaria Superior | Especialistas de Área (Psiquiatras) | 1 |
A1 | Escala Sanitaria Superior | Especialistas de Área (Rehabilitador) | 2 |
A1 | Escala Sanitaria Superior | Inspector Médico | 2 |
A1 | Escala Superior de Economistas | 2 |
GRUPO | ESCALA | CLASE DE ESPECIALIDAD | PLAZAS |
A2 | Escala Técnica de Gestión | Técnicos de gestión general | 10 |
A2 | Escala Técnica de Gestión | Técnicos de informática | 10 |
A2 | Escala Técnica de Gestión | Técnicos medios gestión de empleo | 9 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Arquitectos Técnicos | 4 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Ingenieros Técnicos Industriales | 3 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Ingenieros Técnicos. Especialidades Agrícolas | 19 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Ingenieros Técnicos Forestales | 5 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Ingenieros Técnicos de Minas | 2 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Facultativos Técnicos Especialistas. Químicos | 1 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Técnicos e Inspectores de calidad alimentaria | 1 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Asistentes Sociales | 6 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Educadores | 1 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Facultativos Técnicos Patrimonio Cultural: archivos | 1 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Facultativos Técnicos Especialistas: biblioteconomía y documentación | 3 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Facultativos Técnicos Patrimonio Cultural: Bibliotecas | 1 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Facultativos Técnicos Patrimonio Cultural: Museos | 1 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Facultativos Técnicos Patrimonio Cultural: Conservación y Restauración de Bienes Culturales | 1 |
A2 | Escala Técnico Sanitaria | A.T.S. Atención Primaria | 20 |
A2 | Escala Técnico Sanitaria | Subinspectores Sanitarios | 1 |
GRUPO | ESCALA | CLASE DE ESPECIALIDAD | PLAZAS |
C1 | Escala General Administrativa | Administrativos | 62 |
C1 | Escala Ejecutiva de Agentes Protección Naturaleza | 2 | |
C1 | Escala de Ayudantes Facultativos | Analistas de Laboratorio | 3 |
C1 | Escala de Ayudantes Facultativos | Delineantes | 3 |
C1 | Escala de Ayudantes Facultativos | Técnicos en Jardín de Infancia | 1 |
C1 | Escala de Ayudantes Facultativos | Técnicos Intermedios de Prevención de Riesgos Laborales | 2 |
GRUPO | ESCALA | CLASE DE ESPECIALIDAD | PLAZAS |
C2 | Escala Auxiliar Administrativa | 65 | |
C2 | Escala de Auxiliares Facultativos | Auxiliares de Educación Especial | 5 |
C2 | Escala de Auxiliares Facultativos | Auxiliares de Laboratorio | 3 |
C2 | Escala Auxiliar de Enfermería | Auxiliares de Enfermería | 85 |
ANEXO II
ACCESO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (2007)
GRUPO | ESCALA | CLASE DE ESPECIALIDAD | PLAZAS |
A1 | Escala Superior de Administración | Administradores Superiores | 2 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Arquitectos | 1 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Farmacéuticos de Administración Sanitaria | 1 |
A1 | Escala Facultativa Superior | Técnicos Superiores de Prevención Riesgos Laborales | 1 |
A2 | Escala Técnica de Gestión | Técnicos de Gestión General | 1 |
A2 | Escala Técnica de Gestión | Técnicos Medios de Gestión de Empleo | 1 |
A2 | Escala Técnica Facultativa | Asistentes Sociales | 1 |
C1 | Escala General Administrativa | Administrativos | 4 |
C2 | Escala Auxiliar Administrativa | 20 | |
C2 | Escala Auxiliar de Enfermería | Auxiliares de Enfermería | 6 |
ANEXO III
PROMOCIÓN INTERNA (2007)
GRUPO | ESCALA | CLASE DE ESPECIALIDAD | PLAZAS |
A1 | Administradores Superiores | 5 | |
A1 | Arquitectos | 2 | |
A1 | Escala Superior de Administración | Técnicos Superiores de Gestión de Empleo | 1 |
A1 | Técnicos Superiores de Prevención de Riesgos Laborales | 2 | |
A2 | Ingenieros Técnicos Forestales | 2 | |
A2 | Técnicos de Gestión General | 4 | |
A2 | Escala Técnica de Gestión | Técnicos medios gestión de empleo | 4 |
A2 | Técnicos de Informática | 3 | |
A2 | Asistentes Sociales | 1 | |
A2 | Arquitectos Técnicos | 2 | |
C1 | Administrativos | 55 |
GRUPO | ESCALA | CLASE DE ESPECIALIDAD | PLAZAS |
C2 | Escala Auxiliar Administrativa | 25 |