Resolución de 11 de febrero de 2014, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se ordena la inscripción de las tablas salariales definitivas para el año 2013 del Convenio Colectivo del sector Deportes (Grupo), en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de la Dirección General de Trabajo.
- Órgano CONSEJERIA DE ECONOMIA Y EMPLEO
- Publicado en
- Vigencia desde 06 de Febrero de 2014
Sumario
Visto el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector Deportes (Grupo) (expediente C-10/2010, código 33000325011978), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias el 7 de febrero de 2010, en la que se acuerda la aprobación de las Tablas Salariales definitivas para el año 2013, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3 de julio de 2012, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Economía y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,
RESUELVO
Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.
En Oviedo a 6 de febrero de 2014.
Se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo «Grupo de Deportes del Principado de Asturias», integrada por los siguientes señores/as:
Ambas partes reconociéndose mutuamente capacidad legal para este acto, aprueban por unanimidad la Tabla Salarial definitiva para el año 2013 con su correspondiente revisión.
Niveles |
Retribución Mensual Año 2013 |
Retribución Anual Año 2013 |
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I.—TITULADO SUPERIOR, GERENTE Y SECRETARIO GENERAL | NIVEL A | 3.027,30 | 48.436,8 |
NIVEL B | 2.529,34 | 40.469,44 | |
NIVEL C | 2.088,93 | 33.422,88 | |
II.—TITULADO MEDIO, JEFE ADMINISTRATIVO, ENTRENADOR TITULADO Y COORDINADOR DEPORTIVO | 1.666,13 | 26.658,13 | |
III.—OFICIAL 1.ª ADMINISTRATIVO, JEFE DE PERSONAL SUBALTERNO Y ENCARGADO DE MANTENIMIENTO | 1.391,30 | 22.260,82 | |
IV- OFICIAL 1.ª OFICIOS VARIOS, ENTRENADOR AUXILIAR, MONITOR DE ACTIVIDADES ESPECIALES, SOCORRISTA ACUÁTICO Y TÉCNICO EN ACTIVIDADES FÍSICAS Y ANIMACIÓN DEPORTIVAS (TAFAD) | 1.275,60 | 20.409,68 | |
V.—MONITORES, OFICIAL 2.ª ADMINISTRATIVO, TAQUILLEROS Y CONSERJES | 1.172,48 | 18.759,79 | |
VI.—OFICIAL 2.ª OFICIOS VARIOS | 1.128,27 | 18.052,39 | |
VII.—AUXILIAR ADMINISTRATIVO, AYUDANTE CONSERJE, ORDENANZA, GUARDA NOCTURNO, ACOMODADOR, CALEFACTOR PREPARADOR DE CABALLOS, VIGILANTES ENCARGADO DEL CUARTO DE PALOS, ENCARGADO DE VESTUARIOS O PERSONAL DE GUARDARROPA, PERSONAL DE LIMPIEZA, PORTERO, GUARDA, GUARDA DE CAMPO O GUARDA DE CAZA DEPORTIVA. | 1.101,80 | 17.628,88 | |
VIII.—PERSONAL DE 16 Y 17 AÑOS | S.M.I. | S.M.I. |
Los complementos definitivos para el año 2013 serán:
- Turnicidad: 4,42.
- Ropa: 58,46 Semestral.
- Plus Domingo: 23.
- Penosidad: 1,23.
- Nochevieja: 125,30.
- Toxicidad y Peligrosidad: 1,22.
El abono de los atrasos derivados del incremento salarial del convenio se realizará y liquidará, como máximo en los 30 días siguientes a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.