Resolución de 8 de abril de 2014, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo del Sector de Comercio del Metal, suscrita por la Comisión Deliberadora

Ficha:
  • ÓrganoCONSEJERIA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA
  • Publicado en
  • Vigencia desde 18 de Marzo de 2014
Versiones/revisiones:
(1)

La retribución salarial fijada equivale al 100% del tiempo de trabajo efectivo. No obstante esta cantidad se podrá reducir en proporción al tiempo dedicado a la formación teórica.

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(2)

Retribución para personal de limpieza a tiempo parcial. Cuando sea a tiempo completo tendrá un nivel salarial 5.2.

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(3)

La retribución salarial fijada equivale al 100% del tiempo de trabajo efectivo. No obstante esta cantidad se podrá reducir en proporción al tiempo dedicado a la formación teórica.

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