Resolución de 2 de abril de 2014, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Industrias Transformadoras de Plásticos, suscrita por la comisión mixta.
- Órgano CONSEJERIA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA
- Publicado en
- Vigencia desde 25 de Febrero de 2014
Sumario
Examinada el acta de revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Industrias Transformadoras de Plásticos, suscrita por la comisión mixta el día 25 de febrero de 2014; completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el Decreto 113/2012, de 18 de octubre, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General
RESUELVE
1. o Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2. o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DEL XVII CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS TRANSFORMADORAS DE PLÁSTICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
En Madrid, a 25 de febrero de 2014, se reúne en los locales de TRAMAPLAST, sitos en la avenida del Mediterráneo, número 7, primero D, 28007 Madrid, la comisión mixta del XVII Convenio para las Industrias Transformadoras de Plásticos de la Comunidad de Madrid, integrada por los representantes de FITAG-Unión General de Trabajadores, FITEQA-Comisiones Obreras y TRAMAPLAST (Asociación Empresarial de Industrias Transformadoras de Plásticos):
En representación de TRAMAPLAST (Asociación Empresarial):
- Don Gregorio Cruz Arranz.
- Don Rodolfo Gómez Loeches.
- Don Enrique Mengual.
- Don Julio Moratilla Sánchez.
- Don Fernando López de Castro (asesor).
En representación de FITEQA-CC OO:
- Doña Josefa Azofra Muñoz.
- Don Virgilio Benito Villalba.
- Don Manuel Martínez Parro.
- Doña Olga Muñoz Martín.
- Don Alberto Arévalo Sánchez (asesor) .
En representación de FITAG-UGT:
- Don Rafael García Perales.
- Don Benjamín Martín Beamonte.
- Doña Susana Puerta Alonso.
- Don Galo Fernández García.
- Don José Luis Hijosa Hernández (asesor).
Con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 22 del vigente convenio, se llega a los siguientes acuerdos:
Revisión salarial año 2013:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del XVII Convenio Colectivo para las Industrias Transformadoras de la Comunidad de Madrid, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 260 el día 1 de noviembre de 2013, se constata que la variación del IPC establecido por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y registrado al 31 de diciembre de 2013 respecto al 31 de diciembre de 2012 es del 0,3 por 100 y la tasa de variación anual del IPC armonizado de la Zona Euro fue del 0,8 por 100, procede por ello utilizar la primera de las referencias indicadas (IPC general español).
Considerando que el citado IPC general español al 31 de diciembre de 2013 ha resultado en una cifra inferior al objetivo de inflación del Banco Central Europeo para dicho año (2 por 100), no procede efectuar revisión salarial en el año 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 22.bis de nuestro convenio colectivo.
Incrementos salariales año 2014:
Se ha constatado según datos del Instituto Nacional de Estadística, que el Producto Interior Bruto (PIB) de 2013 es del -1,2 por 100 (1,2 por 100 negativo) y, por ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de nuestro convenio colectivo, procede un incremento salarial para el año 2014 del 0,2 por 100.
Grupo profesional | SMG año 2014 (euros) |
Grupo I | 14.743,27 |
Grupo II | 15.775,31 |
Grupo III | 17.102,21 |
Grupo IV | 19.018,84 |
Grupo V | 21.672,63 |
Grupo VI | 25.358,45 |
Grupo VII | 30.813,46 |
Grupo VIII | 39.069,73 |
De 16 y 17 años | 9.117,34 |
Grupo profesional | Año 2014 cómputo (euros) |
Grupo I | 2,08 |
Grupo II | 2,21 |
Grupo III | 2,42 |
Grupo IV | 2,71 |
Grupo V | 3,07 |
Grupo VI | 3,59 |
Grupo VII | 4,34 |
Grupo VIII | 5,54 |
Las partes apoderan a don Julio Moratilla Sánchez para que realice los trámites correspondientes para la inscripción de la presente acta en el registro correspondiente y su posterior publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores.
Y sin más asuntos que tratar y de común acuerdo, se expide la presente acta que es firmada por los representantes de las entidades intervinientes.