Resolución de 30 de abril de 2014, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Acuerdo de revisión salarial del Convenio Colectivo del sector Oficinas y Despachos de Navarra
- Órgano DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA, INDUSTRIA Y EMPLEO
- Publicado en
- Vigencia desde 30 de Enero de 2014
Sumario
Visto el texto del Acuerdo de revisión salarial del Convenio Colectivo del sector Oficinas y Despachos de Navarra (Código número 31005105011984), correspondiente al año 2014, que tuvo entrada en este Registro en fecha 19 de abril de 2014, y que fue suscrito el 30 de enero de 2014 por la representación patronal y parte de la sindical del mismo (UGT y CCOO), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
RESUELVO:
1. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de Navarra.
2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.
3. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.
Reunidos en Pamplona a 30 de enero de 2014, siendo las 10 horas del día de la fecha se presentes, los abajo relacionados, como partes firmantes del Convenio Provincial de Oficinas y Despachos de Navarra, en representación mayoritaria de los trabajadores y trabajadoras del sector y, por otro lado, la Asociación Navarra de Oficinas y Despachos (ASEODEN).
ACUERDAN
Reconocerse mutuamente la capacidad legal suficiente para la celebración de este acto y en su virtud,
1.º Redacción de las tablas: Se procede a la aprobación de la tabla salarial que estará vigente durante el año 2014, elaborada con base en la vigente durante el año 2013, con el incremento de un 0,6%.
2.º Solicitar del Departamento correspondiente del Gobierno de Navarra se proceda a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para general conocimiento y a su archivo en el registro destinado a tal fin.
No habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión, siendo las trece horas treinta del día de la fecha.
Por los Trabajadores: Por UGT: D. Luis Hernández Inac, Por CC.OO.: D. Josu Ros Azpiroz.
Por la representación empresarial: D. Carlos Arratibel, D. Juan Ramón Doral Brun.
TABLA OFICINAS Y DESPACHOS AÑO 2014
GRUPO | GRUPO | |||
1 | 1 | 59,58 | 1.811,09 | 27.166,35 |
2 | 2 | 57,18 | 1.738,30 | 26.074,55 |
3 | 3.1 | 54,81 | 1.666,13 | 24.991,94 |
4 | 3.2 | 52,42 | 1.593,65 | 23.904,73 |
5 | 4 | 47,65 | 1.448,69 | 21.730,32 |
6 | 5 | 45,27 | 1.376,21 | 20.643,12 |
7 | 6 | 42,90 | 1.304,03 | 19.560,50 |
8 | 7 | |||
2.º año | 38,89 | 1.182,32 | 17.734,73 | |
1.er año | 34,45 | 1.047,14 | 15.707,12 | |
10 | 7 | 32,65 | 992,70 | 14.890,57 |
Prácticas 1.º año: 70% del grupo profesional. Prácticas 2.º año: 85% del grupo profesional. Formación 1.º año: S.M.I. Hora trabajada. Formación 2.º año: S.M.I. + 15% hora trabajada. |