Norma Foral 7/2014, de 10 de julio, para el fortalecimiento del empleo y el bienestar.
- Órgano DIPUTACION FORAL DE GIPUZKOA
- Publicado en BOG núm. 132 de 14 de Julio de 2014
- Vigencia desde 14 de Julio de 2014
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- PREÁMBULO
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Créditos adicionales
- Artículo 3 Créditos de compromiso
- Artículo 4 Financiación del crédito adicional
- Artículo 5 Excepciones a las limitaciones de la Norma Foral de Régimen Financiero y Presupuestario
- Artículo 6 Régimen de modificaciones presupuestarias de los créditos adicionales y de compromiso aprobados
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES FINALES
- ANEXO I. . Detalle créditos adicionales y créditos de compromiso
- ANEXO II. . Detalle créditos adicionales. Presupuestos de Gastos 2014
- ANEXO III. . Detalle créditos de compromiso
- ANEXO IV. . Detalle créditos adicionales. Presupuesto de Ingresos 2014
EL DIPUTADO GENERAL DE GIPUZKOA
Hago saber que las Juntas Generales de Gipuzkoa han aprobado y yo promulgo y ordeno la publicación de la siguiente «Norma Foral 7/2014, de 10 de julio, para el fortalecimiento del empleo y el bienestar», a los efectos de que todos los ciudadanos y ciudadanas, particulares y autoridades a quienes sea de aplicación, la guarden y hagan guardarla.
PREÁMBULO
La Diputación Foral de Gipuzkoa ha logrado cerrar el ejercicio presupuestario con un superávit de 66 millones de euros, lo cual es fruto de la gestión efectuada por el Gobierno Foral con sensatez y responsabilidad.
Dicho importe revierte en la ciudadanía guipuzcoana. En este sentido, el Gobierno Foral ha acordado destinar el mencionado remanente a mejorar la economía de las personas y a garantizar el bienestar.
La presente norma foral tiene como objeto la aprobación de créditos adicionales y de compromiso, modificando el presupuesto para el ejercicio 2014. Dichos créditos se destinarán a incentivar la economía del territorio, el empleo y el bienestar de las personas por medio del desarrollo de las siguientes líneas de actuación:
Estos créditos adicionales al presupuesto para el ejercicio 2014 se financian con cargo al remanente de tesorería consolidado a 31 de diciembre de 2013, revirtiendo de esta forma a la sociedad guipuzcoana unos recursos en actuaciones estratégicas que permitirán dotar al territorio de nuevos servicios, infraestructuras y equipamientos.
Artículo 1 Objeto
1. Es objeto de la presente norma foral la aprobación de créditos adicionales y de compromiso en el presupuesto para el ejercicio 2014.
2. El importe total de estos créditos asciende a 18.995.735,00 euros, distribuidos en créditos adicionales de 2014 y créditos de compromiso de 2015, y se articula en las siguientes cinco líneas de actuación, cuyo desglose se detalla en el anexo I:
Artículo 2 Créditos adicionales
Se aprueban créditos adicionales al presupuesto aprobado por la Norma Foral 9/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2014, por importe de 15.000.000 euros, según el detalle que se recoge en el anexo II.
Artículo 3 Créditos de compromiso
Se aprueba la inclusión en el presupuesto aprobado por Norma Foral 9/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2014, de nuevos créditos de compromiso, por importe de 3.995.735,00 euros, cuyo desglose en ejercicios presupuestarios posteriores al 2014 se detalla en el anexo III.
Artículo 4 Financiación del crédito adicional
Los créditos adicionales aprobados por la presente norma foral se financian con el remanente de tesorería consolidado a 31 de diciembre de 2013, que se detalla en el anexo IV.
Artículo 5 Excepciones a las limitaciones de la Norma Foral de Régimen Financiero y Presupuestario
1. Los créditos adicionales que se aprueban en la presente norma foral tienen la consideración de créditos iniciales del presupuesto vigente, y podrán ser objeto de transferencias de créditos, conforme a lo dispuesto en el artículo 56.1.a) de la Norma Foral 4/2007, de 27 de marzo, de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
2. El límite establecido en el artículo 11 de la Norma Foral 9/2013, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para 2014 se incrementa en un importe equivalente al 10% de los créditos de compromiso aprobados en la presente norma foral.
Artículo 6 Régimen de modificaciones presupuestarias de los créditos adicionales y de compromiso aprobados
Las modificaciones de crédito se realizarán de conformidad con la Norma Foral 4/2007, de 27 de marzo, de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y de la Norma Foral 9/2013, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2014.
Disposición adicional Información a las Juntas Generales
La Diputación Foral de Gipuzkoa dará cuenta a las Juntas Generales de Gipuzkoa de las actuaciones realizadas en aplicación de lo dispuesto en la presente norma foral.
Disposición final Entrada en vigor
La presente norma foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa.
Anexo I.
Detalle créditos adicionales y créditos de compromiso
Anexo II.
Detalle créditos adicionales. Presupuestos de Gastos 2014
Anexo III.
Detalle créditos de compromiso
Anexo IV.
Detalle créditos adicionales. Presupuesto de Ingresos 2014