Orden CLT/262/2014, de 22 de julio, por la que se establecen las cuantías de la tasa para la utilización de espacios de la Biblioteca de Cataluña.
- Órgano DEPARTAMENTO DE CULTURA
- Publicado en DOGC núm. 6685 de 13 de Agosto de 2014
- Vigencia desde 14 de Agosto de 2014
Sumario
El capítulo VII del título VIII del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, regula la tasa para la utilización de espacios en inmuebles adscritos al departamento competente en materia de cultura o a las entidades que dependen del mismo.
La Biblioteca de Cataluña es una entidad autónoma de carácter administrativo adscrita al Departamento de Cultura, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 4/1993, de 18 de marzo, del sistema bibliotecario de Cataluña. La Biblioteca de Cataluña dispone de espacios para realizar diferentes actividades, tanto de cariz cultural como comercial (reuniones, presentaciones de libros y de productos, conferencias, conciertos, etc.), así como otras de carácter lúdico, y son numerosas las entidades públicas y privadas que solicitan su utilización. Por este motivo, y dado que algunos de estos espacios no se utilizan para las actividades propias de forma continuada, es posible ofrecerlos, definiendo sus características y estableciendo las tasas correspondientes para su utilización.
De acuerdo con los artículos 8.7-4 del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, el importe de las tasas para la utilización de espacios en inmuebles adscritos al departamento competente en materia de cultura o a las entidades que dependen del mismo se fija mediante una orden del consejero o consejera competente en materia de cultura.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con el artículo 39 de la Ley 13/2008, del 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno,
Ordeno:
Artículo 1 Cuantías de la cuota
Se establecen las cuantías de la tasa para la utilización de espacios de la Biblioteca de Cataluña, con los importes que se detallan en el anexo.
Artículo 2 Aplicación de los importes reducidos
1. Se aplican los importes reducidos en los supuestos siguientes:
- a) Actos o actividades que tienen conexión con las finalidades propias de la Biblioteca de Cataluña y que inciden en la difusión pública de los valores culturales y sociales de la Biblioteca.
- b) Actos o actividades en los que predominan las finalidades culturales o sociales y que inciden en la difusión pública de los valores culturales y sociales de la Biblioteca.
2. La concurrencia de los requisitos previstos en el apartado 1 se determina de la manera siguiente:
- a) La conexión de los actos o actividades con las finalidades propias de la Biblioteca y el predominio de las finalidades sociales o culturales de los actos o actividades son apreciados por la dirección de la Biblioteca.
- b) La incidencia en la difusión pública de los valores culturales y sociales de la Biblioteca se considera lograda cuando se acredita que la publicidad del acto o la actividad menciona la Biblioteca, la fecha y el horario del acto o actividad, y que se ha difundido, como mínimo, en un medio de comunicación de ámbito catalán.
Anexo
Cuantías de la tasa para la utilización de espacios de la Biblioteca de Cataluña
1. Sala de la caridad.
Situación: planta 0.
Superficie total: 110 m2.
Capacidad: 50 sillas con brazo, con posibilidad de poner 20 sillas más (plegables).
Servicios incluidos: consumo ordinario de energía eléctrica, limpieza básica, personal técnico para poner en marcha las instalaciones, una persona responsable del espacio, equipos de megafonía (cinco micrófonos de sobremesa, un micrófono inalámbrico y rac de prensa de doce salidas), proyector, pantalla, reproductor de DVD y conexión a Internet por Wi-Fi o cable. Cualquier otro servicio va a cargo de la persona o entidad solicitante del espacio.
Importe normal:
Hasta 3 horas: 300,00 euros.
Hasta 6 horas: 600,00 euros.
Importe reducido:
Hasta 3 horas: 150,00 euros.
Hasta 6 horas: 300,00 euros.
2. Sala de levante.
Situación: planta 2.
Superficie total: 120 m2.
Capacidad: 150 personas (120 personas sentadas y 30 de pié).
Horario de uso: de lunes a viernes, a partir de las 20 h.
Servicios incluidos: consumo ordinario de energía eléctrica, limpieza básica, personal técnico para poner en marcha las instalaciones, una persona responsable del espacio, equipos de megafonía (tres micrófonos de sobremesa, uno inalámbrico y rac de prensa de doce salidas). Previo aviso, posibilidad de instalar un proyector, pantalla y conexión a Internet por Wi-Fi. Cualquier otro servicio va a cargo de la persona o entidad solicitante del espacio.
Servicios opcionales: previa solicitud, se pueden utilizar los instrumentos ubicados en la sala (piano de cola larga, marca Pleyel núm.30F856, que perteneció a Enrique Ganados; pianola marca Melville Clarck, con mecanismos APOLLO mecánico y eléctrico; clavicordio de 38 teclas, reproducción de acuerdo con los modelos históricos del siglo XVI).
Importe normal:
Hasta 3 horas: 470,00 euros.
Hasta 6 horas: 940,00 euros.
Importe reducido:
Hasta 3 horas: 235,00 euros
Hasta 6 horas: 470,00 euros.
Importe por la utilización de los servicios opcionales: 60,00 euros por instrumento.
3. Terraza de levante.
Situación: planta 2.
Superficie total: 110 m2, al aire libre.
Horario: a partir de les 20 h, de lunes a viernes.
Capacidad: 90 sillas plegables.
Servicios incluidos: consumo ordinario de energía eléctrica, limpieza básica, personal técnico para poner en marcha las instalaciones, una persona responsable del espacio. Cualquier otro servicio va a cargo de la persona o entidad solicitante del espacio.
Importe normal:
Hasta 3 horas: 300,00 euros.
Hasta 6 horas: 600,00 euros.
Importe reducido:
Hasta 3 horas: 150,00 euros.
Hasta 6 horas: 300,00 euros.
4. Sala comedor del Archivo Maragall.
Situación: planta 0.
Superficie total: 45 m2, más galería de 23 m2.
Capacidad: 50 personas.
Servicios incluidos: consumo ordinario de energía eléctrica, limpieza básica, personal técnico para poner en marcha las instalaciones, una persona responsable del espacio, equipos de megafonía (un micrófono de sobremesa, un micrófono inalámbrico y rac de prensa de doce salidas). Cualquier otro servicio va a cargo de la persona o entidad solicitante del espacio.
Servicios opcionales: previa solicitud, se podrá utilizar el piano de media cola ubicado en la sala.
Importe normal:
Hasta 3 horas: 250,00 euros.
Hasta 6 horas: 500,00 euros.
Importe reducido:
Hasta 3 horas: 125,00 euros.
Hasta 6 horas: 250,00 euros.
Importe por la utilización del piano de media cola: 60,00 euros.