DECRETO 28/2014, de 14 de febrero, del Consell, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias oficiales de doctorado en la Universidad CEU Cardenal Herrera.
- Órgano CONSELLERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE
- Publicado en DOCV núm. 7215 de 17 de Febrero de 2014
- Vigencia desde 18 de Febrero de 2014
Sumario
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su artículo 37, estructura las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos (grado, máster y doctorado), y en su artículo 35 dispone que, para impartir estas enseñanzas oficiales y expedir los correspondientes títu- los, con validez en todo el territorio nacional, las universidades deben poseer la autorización pertinente de la comunidad autónoma, según lo dispuesto en su legislación, y obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las direc- trices y condiciones establecidas por el Gobierno.
La Universidad CEU Cardenal Herrera ha solicitado autorización para impartir, a partir del curso 2013-2014, las enseñanzas universitarias oficiales de Doctorado que se relacionan en el anexo del presente decreto.
En el expediente consta el informe del Consejo Social de la Universidad CEU Cardenal Herrera y la propuesta de su Consejo de Gobierno.
El Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior fue informado de la propuesta de implantación de las enseñanzas en sesión de 18 de julio de 2013.
La Agència Valenciana d’Avaluació i Prospectiva (AVAP) ha emitido el preceptivo informe, con resultado favorable.
El Consejo de Universidades ha verificado el plan de estudios de las enseñanzas universitarias oficiales de doctorado que se relacionan en el anexo del presente decreto.
Por todo ello, vistos el artículo 10.1 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado; los artículos 12.2 y 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el artículo 3, apartado 3, del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales; y el artículo 37 de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Coordinación del Sistema Universitario Valenciano, a propuesta de la consellera de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 14 de febrero de 2014,
DECRETO
Artículo 1 Autorización de enseñanzas
Se autoriza a la Universidad CEU Cardenal Herrera para implantar, en el curso 2013-2014, las enseñanzas universitarias oficiales de doctorado que se relacionan en el anexo del presente decreto.
Artículo 2 Inscripción en el registro y sus efectos
La presente autorización se pondrá en conocimiento del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, al efecto de que este eleve al Gobierno la propuesta para el establecimiento del carácter oficial de los títulos y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
Artículo 3 Expedición de los títulos
Los títulos universitarios serán expedidos, en nombre del rey, por el rector de la universidad, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera Limitación del gasto
La implementación y posterior desarrollo de este decreto no podrá tener incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignada a la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, y, en todo caso, deberá ser atendido con los medios personales y mate- riales de la Universidad CEU Cardenal Herrera.
Segunda Facultades de aplicación y ejecución
Se faculta a la consellera de Educación, Cultura y Deporte para la aplicación y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto.
DISPOSICIÓN FINAL
Única Eficacia
El presente decreto tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
ANEXO
1. Programa de doctorado en Comunicación Social, por la Universidad CEU Cardenal Herrera, la Universidad San Pablo-CEU y la Universitat Abat Oliba-CEU.
2. Programa de Doctorado en Ciencia y Tecnología de la Salud, por la Universidad CEU Cardenal Herrera y la Universidad San Pablo-CEU.
3. Programa de Doctorado en Medicina Traslacional, por la Universidad CEU Cardenal Herrera, la Universidad San Pablo-CEU y la Universitat Abat Oliba-CEU.
4. Programa de Doctorado en Derecho y Economía, por la Universidad CEU Cardenal Herrera, la Universidad San Pablo-CEU y la Universitat Abat Oliba-CEU.