Decreto 232/2014, de 21 de octubre, por el que se declara de Interés de la Comunidad Autónoma de Extremadura la Transformación en Regadío de la Zona Tierra de Barros.
- Órgano CONSEJERIA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGIA
- Publicado en DOE núm. 206 de 27 de Octubre de 2014
- Vigencia desde 28 de Octubre de 2014
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo 1 Declaración de interés general
- Artículo 2 Ámbito territorial
- Artículo 3 Redacción del Plan General de Transformación de la Zona
- DISPOSICIONES FINALES
El Estatuto de Autonomía de Extremadura confiere, en su artículo 9.1.12 a la Comunidad Autónoma de Extremadura competencias exclusivas en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias.
El Real Decreto 1080/1985, de 5 de junio, sobre valoración definitiva de funciones traspasadas de la Administración del Estado a la comunidad Autónoma de Extremadura en materia de reforma y desarrollo agrario, (BOE n.o 160, de 5 de julio de 1985), transfirió, entre otros: las actuaciones e reforma y desarrollo agrario y en particular las correspondientes a las zonas y comarcas previstas en el libro III de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, de 12 de enero de 1973, que incluyen los Títulos I al VI.
La Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía tiene competencias en materia de infraestructuras agrarias y regadíos en virtud del artículo 4 del Decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía; en relación con el Decreto del Presidente 23/2011, de 4 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad.
La importancia que tiene el mundo agrícola sobre la economía regional ha aumentado notablemente en los últimos años, siendo el regadío un sector estratégico, ya que permite a los agricultores mejorar su rendimiento, competitividad y calidad de vida. Un dato que avala esta afirmación es que una hectárea de regadío genera en términos productivos, entre cinco y seis veces más que una hectárea de secano y en lo económico, unas rentas cuatro veces superiores.
Por ello, la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía ha llevado a cabo diferentes estudios y anteproyecto que han demostrado la conveniencia de realizar determinadas actuaciones en la Zona de Tierra de Barros como es, la implantación de riego de apoyo a los cultivos tradicionales (vid y olivo), siendo este sistema respetuoso con el medio ambiente y con un alto contenido social que permita elevar el grado de desarrollo de los municipios afectados, mejorando el nivel de empleo tanto de carácter rural como en las industrias y servicios asociados. Con ello, se contribuye al mantenimiento y fijación de la población en el medio rural, objetivo básico del desarrollo rural.
Por otra parte, la disponibilidad de recursos hídricos para el riego reflejado en el Plan Hidrológico de la Demarcación del Guadiana, con una reserva de 41,47 Hm3 de las presas de Alange y Villalba de los Barros, permiten la transformación en regadío de 15.000 ha con una dotación de 2.765 m3/ha, que más adelante se determina.
De igual modo, en el Acuerdo Marco para la puesta en marcha, desarrollo y ejecución del Plan Nacional de Regadíos, ( Real Decreto 329/2002, de 5 de abril), figuran entre los nuevos regadíos privados la transformación de la zona Regable «Tierra de Barros».
Para facilitar un mejor desarrollo presupuestario, así como la ejecución y coordinación de las actuaciones previstas, la Junta de Extremadura considera necesario realizar la Declaración de Interés para la Comunidad Autónoma de la transformación en regadío de Tierra de Barros.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión del día 21 de octubre de 2014,
DISPONGO
Artículo 1 Declaración de interés general
Se declara de Interés de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con el artículo 92 y siguientes de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, de 12 de enero de 1973: la transformación en riego de la «Zona de Barros» de la provincia de Badajoz, que consistirá fundamentalmente en la puesta en riego de dicha zona, para lo cual se llevarán a cabo todas las actuaciones que autoriza la mencionada ley.
Artículo 2 Ámbito territorial
La zona a que se refiere el artículo 1, afecta a 12 Términos Municipales (Aceuchal, Alange, Almendralejo, La Zarza, Fuente del Maestre, Mérida, Ribera del Fresno, Solana de los Barros, Torremejía, Villafranca de los Barros, Villagonzalo y Villalba de los Barros), quedando delimitada por la línea continua y cerrada que partiendo de norte a norte en el mismo sentido de las agujas del Reloj, se describe a continuación:
- LÍMITE EXTERIOR
Parte del punto Kilométrico (PK) 636+400 de la N-630, (Pto 1), donde se cruza con el Limite Municipal de Torremejía con Mérida, situado en los alrededores de Casa Huerta Quicio. Continúa el Lindero a través del Limite Municipal de Torremejía con Mérida hasta llegar a las zonas inferiores de la Dehesa de Sierra Chica, (Pto. 2), continuando hasta al cruce del Camino de Torremejía a La Zarza (Pto 3), justo en el Límite Municipal de Alange. Continúa por el límite de Alange hasta antes del cruce con el Camino de los Molino o de los Pilones. Continúa el Lindero a través del Limite Municipal de Torremejía hasta cortar con el Camino de Pilones (Pto. 4), hasta llegar al Pantano de Alange (Pto. 5), siguiendo el Arroyo de Pilones, discurriendo al sur por la Orilla Oeste del Pantano, hasta llegar al (Pto. 6) en el Cruce con el Camino de los Molinos, en el mismo limite Municipal con Alange.
Sigue la rivera Oeste del Pantano hasta llegar al Sur al Cortijo de las Quinterías, (Pto. 7), continuando por el Arroyo del Moro hasta el Paraje conocido por Los Tercios (Pto. 8), continua por el Arroyo hasta llegar a la EX-212 PK 006+100 (Pto. 9). El lindero sigue con la Carretera EX-212 hasta llegar a Cruce con la Vereda de la Plata. (Pto. 10), en el PK 010+000 de la citada carretera. El lindero discurre por el Camino de las Rozas hasta llegar al Cortijo del Moro, en la zona de los Molares, (Pto. 11). Hasta discurrir con el cruce del Camino de la Fuente de los Asperones, (Pto. 12), se continuaría por el citado camino hasta el (Pto. 13), hasta llegar bordeando a la Sierra de Las Cabezas de Valdemedé, paralelo al Gaseoducto, en las cercanías del Cortijo Vita. (Pto. 14), continua por el Camino de Oliva de Mérida hasta cruzar con el Regato de las Cabezas, cerca del Cortijo de la Cabezas. (Pto, 15).
Rodeando la Sierra de las Cabezas, llegamos al Cruce del Camino de las Casas con Camino de Almendralejo a Hornachos, EX-334 en su PK 12+000 (Pto. 16) hasta el PK 009+000, cruce con el Camino de Valdepegas (Pto. 17). Siguiendo este camino hacia el noroeste, (Pto. 18), y girando hasta el Cortijo Calero (Pto 19). El Almorchón, donde se ubica el (Pto. 20), coincide con el Corte del Arroyo Guarida con el Camino de Ribera del Fresno. Sigue bordeando el Arroyo Valdespino por el límite de Villafranca de los Barros hasta llegar al cruce con la EX.-334 en el PK 005+750 m (Pto. 21). El límite sigue por la carretera hasta el PK 004+100, desviándose hacia el camino de Palomas. (Pto. 22). Llegado al camino de Villafranca coincide con la Cota 400, (Ptos. 23-25), donde por los perímetros de varias Parcelas (parcelas; 153-169, del polígono 8 del T.M. de Villafranca de los Barros) llegamos de nuevo a la N-630, PK 662+500, por la entrada de la Vereda Romana (Pto. 26). Continúa por la BA-9014 desde Villafranca de los Barros - Aceuchal hasta el cruce con la A-66 (Pto. 27). Sigue por la carretera BA-9014, donde cruza el Camino de Malos Vinos (Pto. 28). Continua por la BA-9014, hasta el cruce con la BA-9013 en el PK 011+000 (Pto. 29), a partir de aquí, el limite discurre por la BA-9013, desde Almendralejo – Fuente del Maestre, hasta su PK 010+000 (Pto. 30).
Desde el punto 30 va en dirección Oeste, con límite de cota 380, (Pto. 31 – Pto. 33), por los perímetros de varias Parcelas (parcelas; 97-147, del polígono 4 del TM Fuente del Maestre), hasta el limite de termino de Aceuchal. Por las inmediaciones de este límite, llega a la carretera EX.-361,(Pto. 34). Desde aquí, bordeando por la zona del Castillo, hasta llegar al Cruce de los Picos (Pto. 35) para girar por la EX-105 hasta la intersección con la BA-9035 (Pto. 36). Sigue por la BA-9035 hasta pasar el PK 19+000 (Pto. 37). Cruza por La Chacona hasta la Vereda de la Gata (Pto. 38), y seguir hacia el Oeste por la BA-9035, hasta el cruce con el Camino de Almendralejo (Pto. 39). Por este camino en dirección a la Ermita de Monte Virgen, llega hasta el camino de los Silos (Pto. 40). Desde este punto, y bajando en cota por la Lindes de parcelas completas, (Ptos 41-45), se llega al (Pto. 46), en la intersección del camino de la Calera con la BA- 127, Pk 009+800, justo en el cruce con el Límite Municipal de Solana de los Barros. Continuando por la BA-127 hasta su PK 12+000 (Pto. 47), siguiendo por esta vía hasta llegar al núcleo urbano de Solana de los Barros (Pto. 48).
La salida perimetral este de la localidad de Solana de los Barros, (Pto. 49), por la EX.- 300 hasta el PK 48+900 (Pto. 50), continua bordeando el Arroyo de Harnina (Pto. 51) hasta la EX-300 aproximadamente en el PK 54+000 (Pto. 52). Sigue por la EX-300 hacia el norte hasta coger la Vereda de las Lavernosas y de la Tiza (Pto. 53), continuando por éste camino hasta el paraje Pozo de Mata Romero (Pto. 54). Finaliza de nuevo en el entronque de la Vereda de Aceuchal y Valparaiso, con la A66 y N-630 en el PK 643+000 (Pto. 55). Desde ahí en dirección norte a lo largo de la N-630 (Pto. 56) en el PK 644+000 rodeando el núcleo urbano de Torremejía por el este, incorporándose de nuevo a la N-630 (Pto. 57-Pto. 58). Ascendiendo por la N 630, llegaríamos al punto inicial del perímetro exterior.
- LÍMITE INTERIOR (ALMENDRALEJO)
Por el Norte, comienza en la intersección entre las vías del tren y la A-66 (Pto. 59), continuando hacia el Sur por la A-66 hasta el cruce con la N-630 (Pto. 60).
Desde el cruce con la N-630, con la EX359 (Pto. 61), hacia el oeste por la EX-359, hasta el cruce con la EX-300 (Pto. 62) y por último hasta el cruce con la BA-012 (Pto. 63), hasta llegar al punto inicial (Pto. 59).
- LÍMITE INTERIOR (ACEUCHAL)
Bordea toda la Zona Urbana de Aceuchal.
En la siguiente tabla se exponen los puntos GPS que conforman el perímetro de la Zona Regable Tierra de Barros.
LÍMITE EXTERIOR 1 728.233 4.299.340 Punto Kilométrico(P.K.) 636+400 de la N-630, donde se cruza con el Limite Municipal de Torremejía con Mérida, situado en los alrededores de Casa Huerta Quicio. 2 730.713 4.298.469 Continúa bordeando el límite municipal de Torremejía con Mérida hasta llegar a las zonas inferiores de la Dehesa de Sierra Chica. 3 731.292 4.297.422 Sigue por dicho límite hasta encontrarse con el límite de Alange, cerca de la Planta Fotovoltáica de Alange. Cruce del Camino de Torremejía a la Zarza (justo en el límite municipal de Alange). 4 730.176 4.296.084 Continúa el lindero a traves del límite municipal de Torremejía hasta cortar de los Molinos o de los Pilones. 5 734.213 4.294.830 Bordea éste camino, hasta llegar al Embalse de Alange. 6 733.906 4.293.196 Discurriendo al sur, por la Orilla Oeste del Pantano, hasta llegar al Cruce con el Camino de los Molinos, en el mismo limite Municipal con Alange. 7 735.746 4.290.555 Siguiendo la ribera Oeste del Pantano de Alange hasta llegar al Sur al Cortijo de las Quinterías. 8 735.860 4.289.074 Continúa por el Arroyo del Moro hasta el paraje conocido por Los Tercios. 9 738.114 4.286.847 Cruza por la intersección entre el Arroyo del Moro y la carretera EX-212, en el pK 6+100 aprox. 10 741.298 4.284.632 El lindero sigue por la carretera EX-212 hasta llegar a Cruce con la Vereda de la Plata, en el P.K. 010+000 de la citada carretera. 11 739.990 4.283.455 El lindero discurre por el Camino de las Rozas hasta llegar al Cortijo del Moro, en la zona de los Molares. 12 740.390 4.281.505 Sigue por el Camino de las Rozas hasta el cruce con el Camino de la Fuente de los Asperones. 13 739.502 4.280.006 Continúa por el Camino de la Fuente de los Asperones hasta el borde de la Sierra de Las Cabezas de Valdemedé (paralelo al gaseoducto). 14 738.142 4.280.437 Bordea el Regato de las Cabezas hasta el Cortijo Vita. 15 738.338 4.279.023 Continua por el Camino de Oliva de Mérida hasta cruzar con el Regato de las Cabezas, cerca del Cortijo de la Cabezas. 16 740.781 4.277.873 Rodeando la Sierra de las Cabezas, llega al Cruce del Camino de las Casas con el Camino de Almendralejo a Hornachos, carretera EX-334 en su P.K. 12+000. 17 737.934 4.276.613 Continúa por la EX-334 hasta su P.K. 9+000 (intersección con el Camino de Valdepegas). 18 736.484 4.279.183 Sigue por el Camino de Valdepegas hasta el Cortijo Calero. 19 735.506 4.279.001 Sigue por el Camino de Valdepegas hasta pasado el Cortijo Calero. 20 735.218 4.277.092 Continua hasta el Corte del Arroyo Guarida con el Camino de Ribera del Fresno, en el paraje conocido por El Almorchón. 21 735.532 4.274.399 Sigue bordeando el Arroyo Valdespino por el límite de Villafranca de los Barros hasta el cruce con la carretera EX-334, pasado el P.K. 5+750. 22 734.138 4.273.729 Sigue por la EX-334 hasta el pK 4+100, desviándose hacia el Camino de Palomas. 23 732.931 4.274.286 Llegando al Camino de Alange cruzando por el Camino de Villafranca de los Barros. Coincide con la cota 400 (parcelas; 153-169, del polígono 8 del T.M. de Villafranca de los Barros). 24 732.208 4.273.215 Sigue por el Camino de Alange hasta el límite norte de Las Esperillas. Coincide con la cota 400 (parcelas; 153-169, del polígono 8 del T.M. de Villafranca de los Barros). 25 731.086 4.273.237 Cruza por el Camino de Manantial Plata hasta llegar a la Vereda de la Calzada Romana. 26 729.985 4.274.161 Atraviesa la N-630 en su P.K. 662+500 hasta la BA-9014 en su P.K. 13+000. 27 729.168 4.274.831 Continúa hasta el cruce con la A-66. 28 726.518 4.276.767 Sigue por la carretera BA-9014 donde cruza el Camino de Malos Vinos. 29 724.947 4.278.224 Continúa por BA-9014 hasta la intersección con BA-9013 en el P.K. 11+000. 30 724.497 4.277.117 El limite discurre por la BA-9013, desde Almendralejo – Fuente del Maestre, hasta su P.K. 010+000. 31 721.875 4.275.671 Llega hasta el Camino Viejo de Fuente del Maestre, coincidiendo con la cota 380 (parcelas; 97-147, del polígono 4 del T.M. Fuente del Maestre). 32 720.513 4.276.063 Cruza por el Coto de Salamanca, coincidiendo con la cota 380 (parcelas; 97-147, del polígono 4 del T.M. Fuente del Maestre). 33 719.917 4.277.243 Llegando al límite sur de Aceuchal, pero dentro del término de Villafranca de los Barros. 34 717.736 4.276.635 Continúa por el límite municipal de Aceuchal hasta cruzar la EX-361 en su P.K. 1+200. 35 716.770 4.277.365 Sigue por la EX-361, bordeando por la zona del Castillo hasta llegar al cruce de los Picos en la EX-105 en el P.K. 82+000. 36 716.287 4.277.079 Continúa por ésta última hasta la intersección con BA-9035 (cruce de los Picos). 37 715.567 4.277.580 Sigue por BA-9035 hasta pasar el P.K. 19+000. 38 715.979 4.277.851 Cruza por La Chacona hasta la Vereda de la Gata. 39 714.548 4.278.568 Desde la Vereda de la Gata hasta el Camino de Almendralejo. 40 715.404 4.278.979 Sigue por el Camino de Almendralejo hasta el Camino de los Silos. En dirección a la Ermita de Monte Virgen. 41 714.275 4.280.102 Continuando por las lindes de parcelas completas hasta el paraje Medina. 42 714.580 4.281.193 Continuando por las lindes de parcelas completas hasta llegar a Las Cuadras. 43 713.133 4.280.908 Retoma de nuevo el Camino de los Silos. 44 712.012 4.281.988 Continua por el Camino de los Silos hasta el Camino de los Moledores. 45 711.621 4.284.053 Continuando por las lindes de parcelas completas, cruza por varios cortijos hasta el Camino de Casablanca. 46 710.938 4.285.640 Llega a la intersección del Camino de la Calera con la carretera BA-127, en su P.K. 9+800. 47 712.128 4.287.412 Continúa por la carretera BA-127, hasta su P.K. 12+000. 48 713.555 4.288.734 Continúa por la carretera BA-127, hasta llegar al núcleo urbano de Solana de los Barros. 49 714.249 4.289.192 Desde la salida Este de la localidad de Solana de los Barros, continúa por la EX-300. 50 717.523 4.289.303 Hasta el P.K. 48+900 de la EX-300. 51 719.386 4.287.903 Continua bordeando el Arroyo de Harnina. 52 721.753 4.286.484 Hasta la EX-300 aproximadamente en el P.K 54+000. 53 720.053 4.288.001 Sigue por la EX-300 hacia el norte hasta coger la Vereda de las Lavernosas y de la Tiza. 54 725.421 4.290.742 Continúa por éste camino hasta el paraje Pozo de Mata Romero. 55 727.152 4.292.007 Hasta el cruce con N-630 en el pK 644. 56 727.661 4.294.280 Sigue por N-630 hacia el sur. 57 727.725 4.296.025 Donde rodea la zona urbana de Torremejía por el Este. 58 727.771 4.297.273 Incorporándose de nuevo a N-630 y llegando al comienzo del sector. LÍMITE INTERIOR (ALMENDRALEJO) 59 726.560 4.288.157 Por el Norte, comienza en la intersección entre las vías del tren y la A-66 60 728.052 4.282.549 Continuando hacia el Sur por la A-66 61 727.782 4.282.667 Hasta el cruce con la EX-359 62 722.722 4.285.627 Donde la bordea cruzando la EX-300 63 724.674 4.287.588 Y cruzando BA-012 hasta llegar al punto inicial LÍMITE INTERIOR (ACEUCHAL) Bordea toda la Zona Urbana de Aceuchal
Artículo 3 Redacción del Plan General de Transformación de la Zona
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, redactará el Plan General de Transformación de la Zona, con los requisitos previstos en el artículo 97 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, que será aprobado por decreto de Consejo de Gobierno de Extremadura a propuesta de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de acuerdo con el artículo 101 de la citada la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
De igual modo, se redactará el correspondiente Plan de Obra que será aprobado por orden de dicha Consejería.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición final primera Facultad de desarrollo
Se faculta al Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía para dictar las normas que considere necesarias para el desarrollo del presente decreto.
Disposición final segunda Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.