ORDEN de 23 de octubre de 2014 por la que se modifica el plazo de ejecución del programa III de la Orden de 3 de abril de 2014 por la que se establecen las bases reguladoras de los programas de apoyo a las entidades asociativas, a las oficinas locales y a otras entidades colaboradoras de la Red Eusumo para el fomento del cooperativismo y la economía social, cofinanciada parcialmente con FSE, y se procede a su convocatoria para el año 2014.
En el Diario Oficial de Galicia no 71, del viernes 11 de abril de 2014, se publicó la Orden de 3 de abril de 2014 por la que se procede a la convocatoria de los programas de apoyo a las entidades asociativas, a las oficinas locales y a otras entidades colaboradoras de la Red Eusumo para el año 2014.
En el artículo 20.3 se establece: «el período de ejecución para el programa III comprenderá desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de octubre de 2014».
Diversas dificultades de carácter administrativo provocaron que la fase de instrucción de la orden se prolongase más allá de las fechas inicialmente previstas, lo que afecta a los plazos de ejecución de las actividades subvencionadas.
Por tal motivo, con el fin de garantizar la mayor eficacia posible de la convocatoria de las referidas ayudas, es necesario adaptar el plazo de ejecución de las ayudas del programa III: Apoyo a las entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades en el marco de la Red Eusumo para el fomento del cooperativismo y la economía social, permitiendo a los beneficiarios disponer de más tiempo para diseñar y ejecutar acciones de calidad y repercusión para la economía social gallega.
Se modifica el artículo 20.3 de la Orden de 3 de abril de 2014 por la que se establecen las bases reguladoras de los programas de apoyo a las entidades asociativas, a las oficinas locales y a otras entidades colaboradoras de la Red Eusumo para el fomento del cooperativismo y la economía social para el año 2014, que queda redactado como sigue:
Artículo 20.3: «El período de ejecución de las acciones para el programa III será el comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 14 de noviembre de 2014».
Disposición final
Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.