Resolución de 11 de febrero de 2015, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, depósito y publicación del acta de 15 de diciembre de 2014 del convenio colectivo del Sector de Exhibición Cinematográfica, donde se constituye la comisión negociadora, así como prorrogar la vigencia del actual hasta el 31 de diciembre de 2015
- Órgano CONSEJERIA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA
- Publicado en BOCM núm. 66 de 19 de Marzo de 2015
- Vigencia desde 15 de Diciembre de 2014. Revisión vigente desde 15 de Diciembre de 2014


Todo Administración Local: Urbanismo
LibrosDesde 65,21 €(IVA Inc.)Más info.Todo Administración Local: Empleo público
LibrosDesde 65,21 €(IVA Inc.)Más info.Todo Administración Local: Procedimiento administrativo
LibrosDesde 67,18 €(IVA Inc.)Más info.Todo Administración Local: Contratación pública
LibrosDesde 83,98 €(IVA Inc.)Más info.Manual de contabilidad de las Administraciones Locales (2 tomos)
LibrosDesde 138,32 €(IVA Inc.)Más info.Revista El Consultor de los Ayuntamientos
Periódicos y Revistas700,96 €(IVA Inc.)Más info.
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Acta
Examinada el acta de la citada fecha por medio de la cual las partes acuerdan constituir la comisión negociadora del convenio colectivo del Sector de Exhibición Cinematográfica, así como prorrogar la vigencia del convenio hasta el 31 de diciembre de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el Decreto 113/2012, de 18 de octubre, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General
RESUELVE
1. Inscribir el acta de 15 de diciembre de 2014, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Acta Comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del Personal de las Empresas de Exhibición Cinematográfica de la Comunidad de Madrid, año 2015
Señores asistentes:
En Madrid, a las diez horas del día 15 de diciembre de 2014, la representación de la Federación de Cines de España (FECE) y la representación de los trabajadores, integrada por miembros de Comisiones Obreras (CC OO) y Unión General de Trabajadores (UGT), se reúnen en el domicilio social de la Federación de Cines de España (calle de Campoamor, número 9), al objeto de iniciar las negociaciones del Convenio Colectivo de Trabajo del Personal de Exhibición Cinematográfica de la Comunidad de Madrid para el año 2015.
Abierta la sesión y tras las deliberaciones oportunas, se adoptan los acuerdos que a continuación se relacionan:
1. Constituir la comisión negociadora del convenio colectivo para el año 2015, que estará integrada por los miembros asistentes anteriormente indicados.
2. Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2015 el Convenio Colectivo de Exhibición Cinematográfica para la Comunidad de Madrid, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID de 21 de julio de 2012, prorrogado en fecha 27 de diciembre de 2014, y publicada esta prórroga en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de mayo de 2014, cuya vigencia finaliza el día 31 de diciembre de 2014.
3. Dicha prórroga de vigencia durante el año 2015 no generará incremento retributivo alguno, permaneciendo el convenio inalterado durante dicho año en los términos que han estado vigentes durante 2014.
4. Autorizar expresamente a don Librado Canalda Morató, abogado, representante de FECE e interviniente en la comisión negociadora del convenio, para que efectúe las gestiones y trámites necesarios para proceder al Registro y publicación de la presente acta acreditativa de la prórroga del convenio anterior, en los términos previstos en los números 2 y 3 de los acuerdos adoptados, incluyendo dicha autorización la facultad para efectuar cuantas actuaciones sean necesarias para proceder, en su caso, a realizar las subsanaciones y/o aclaraciones que sean precisas.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se procede a levantar la correspondiente acta, que firman todos los comparecientes.