DECRETO 36/2015, de 27 de marzo, del Consell, por el que se determinan los símbolos del Misteri d'Elx que tienen la consideración de emblemas de la Generalitat.
- Órgano CONSELLERIA DE GOBERNACION Y JUSTICIA
- Publicado en DOCV núm. 7495 de 30 de Marzo de 2015
- Vigencia desde 31 de Marzo de 2015
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- PREÁMBULO
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Fines
- Artículo 3 Emblemas de la Generalitat
- Artículo 4 Colaboración interadministrativa
- DISPOSICIÓN ADICIONAL
- DISPOSICIÓN DEROGATORIA
- DISPOSICIONES FINALES
- ANEXO I . Escudo oficial del Patronat del Misteri d’Elx
- ANEXO II . Aparatos aéreos empleados en la representación del Misteri d’Elx.
PREÁMBULO
La Festa o Misteri d’Elx, declarada Monumento Nacional en 1931 y Bien de Interés Cultural del patrimonio cultural valenciano en virtud de lo dispuesto por el apartado 1 de la disposición adicional primera de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, fue proclamada Obra Maestra del Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO en 2001 e incorporada, en 2008, a la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad. La Festa d’Elx recibió un tratamiento singular y específico en la Comunitat Valenciana a través de la Ley 13/2005, de 22 de diciembre, de la Generalitat, del Misteri d’Elx. La Festa es, en la actualidad, no solo un motivo de orgullo para los ilicitanos e ilicitanas y uno de los bienes más preciados de nuestro patrimonio cultural, sino también una de las principales señas de identidad del pueblo valenciano.
En este sentido, cabe recordar que, tras la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, en el preámbulo del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana se afirma con claridad que uno de los objetivos de la referida modificación fue «el impulso y desarrollo del Derecho Civil Foral Valenciano aplicable, del conocimiento y uso de la lengua valenciana, de la cultura propia y singular de nuestro pueblo, de sus costumbres y tradiciones». Ya en su parte dispositiva, el artículo 12 del Estatut d’Autonomia establece que la Generalitat velará por la protección y defensa de la identidad y los valores e intereses del pueblo valenciano y el respeto a la diversidad cultural de la Comunitat Valenciana y su patrimonio histórico, y procurará la protección y defensa de la creatividad artística, científica y técnica, en la forma que determine la ley competente.
A la hora de fundamentar la aprobación y el contenido de este decreto, la obligación que para la Generalitat se deriva del referido precepto estatutario debe ser leída e interpretada conjuntamente con la que establece el artículo 47.1 de la mencionada Ley 13/2005, de 22 de diciembre. En lo que aquí concierne, el mandato de la norma institucional básica valenciana se concreta en la obligación de determinar, precisamente por decreto del Consell, los símbolos del Misteri d’Elx que tendrán la consideración de emblemas de la Generalitat a los efectos de lo dispuesto en la legislación de protección de marcas sobre los emblemas de las instituciones públicas.
Vista la consideración que reciben los símbolos del Misteri d’Elx, resulta necesario distinguirlos del emblema de la Generalitat al que alude la Ley 8/1984, de 4 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regulan los símbolos, de la Comunitat Valenciana y su utilización. Este último tiene el valor añadido de estar vinculado con lo que el artículo 4.2 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana denomina «la simbología heráldica de la Comunitat Valenciana» y, por tanto, goza de un significado superior que aquí no puede ni debe ser puesto en duda. Lejos de pretender la equiparación con ese emblema, cuando el artículo 47.1 de la Ley 13/2005, de 22 de diciembre, de la Generalitat, alude al otorgamiento de la consideración de emblemas de la Generalitat a los símbolos del Misteri d’Elx lo hace para que, al amparo del actual artículo 5.1.i de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, tales símbolos queden protegidos por la prohibición absoluta de registrar como marca los signos «que reproduzcan o imiten el escudo, la bandera, las condecoraciones y otros emblemas de España, sus comunidades autónomas, sus municipios, provincias u otras entidades locales, a menos que medie la debida autorización», sin perjuicio de la protección añadida que también pueda derivarse de la aplicación de otros apartados del mismo precepto de la referida norma estatal. No en vano, como complemento de la aludida previsión, el artículo 47.2 de la mencionada Ley valenciana 13/2005 concede a la Junta Rectora del Patronato del Misteri la facultad para autorizar el uso de sus símbolos.
Sobre la base de las premisas expuestas, el decreto se estructura en cuatro artículos, una disposición adicional, una disposición derogatoria, dos disposiciones finales y dos anexos.
Tras aludir al objeto y los fines del decreto, el texto enumera los símbolos del Misteri d’Elx a los que se otorga la consideración de emblemas de la Generalitat y determina el alcance de la protección concedida. Así mismo, se contempla la facultad de la Junta Rectora del Patronato del Misteri para autorizar el uso de los símbolos y se insta la necesaria colaboración entre la Generalitat y las entidades locales de la Comunitat Valenciana para tomar las medidas y poner en práctica las actuaciones que resulten precisas u oportunas a fin de dar cumplimiento al presente decreto. Por último, después de las disposiciones comunes a la parte final, dos anexos recogen, respectivamente, el diseño lineal del distintivo del «Patronat del Misteri d’Elx», incluyendo el escudo oficial del Patronato junto a su denominación, y el diseño, la descripción y la imagen de los aparatos aéreos que se emplean en la representación de la Festa.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto por los artículos 18.f y 28.c de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta del Conseller de Gobernación y Justicia, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 27 de marzo de 2015,
DECRETO
Artículo 1 Objeto
De conformidad con el artículo 47.1 de la Ley 13/2005, de 22 de diciembre, de la Generalitat, del Misteri d’Elx, constituye el objeto de este decreto determinar los símbolos del Misteri que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 y en los dos anexos de esta norma, tienen la consideración de emblemas de la Generalitat a los efectos de lo previsto en la legislación de protección de marcas respecto a los emblemas de las instituciones públicas.
Artículo 2 Fines
Son fines de este decreto:
- 1. Posibilitar que los símbolos del Misteri d’Elx gocen, en el marco de la normativa sobre protección de marcas, de la necesaria protección como elementos directamente vinculados con la identificación y representación de la Festa, una de las principales señas de identidad del pueblo valenciano.
- 2. Propiciar la revalorización del Misteri d’Elx mediante una norma reglamentaria que hace posible la aplicación a sus símbolos de la protección que la legislación estatal sobre marcas otorga a los emblemas de España, de las comunidades autónomas y de las entidades locales, así como a otros signos oficiales o de interés público.
- 3. Favorecer la colaboración y cooperación entre todas las administraciones públicas que puedan contribuir, desde sus respectivos ámbitos materiales de actuación, a salvaguardar los símbolos del Misteri d’Elx.
Artículo 3 Emblemas de la Generalitat
1. A los efectos de lo previsto para los emblemas de las instituciones públicas por la legislación de protección de marcas, se otorga la consideración de emblemas de la Generalitat a los siguientes elementos, como símbolos del Misteri d’Elx:
- a) Las denominaciones valencianas El Misteri d’Elx, La Festa d’Elx y Patronat del Misteri d’Elx, así como sus traducciones literales al castellano y las fórmulas que supongan una combinación de las denominaciones genuinas en valenciano con su traducción literal castellana.
- b) El distintivo del Patronat del Misteri d’Elx, que incluye el escudo oficial del Patronato junto a su denominación, y cuyos diseño, descripción e imagen figuran en el anexo I de este decreto.
- c) Las denominaciones de los aparatos aéreos que se emplean en la representación del Misteri d’Elx, escritas indistintamente en castellano o en valenciano (la granada del Misteri d’Elx, la magrana del Misteri d’Elx, el araceli del Misteri d’Elx, la recèlica del Misteri d’Elx y la Santísima Trinidad o Coronació del Misteri d’Elx), así como su representación gráfica, cuyos diseño, descripción e imagen figuran en el anexo II de este decreto.
2. Corresponde a la Junta Rectora del Patronato del Misteri d’Elx autorizar el uso de los símbolos previstos en el apartado anterior, de conformidad con lo previsto por la legislación de protección de marcas y demás normativa aplicable.
Artículo 4 Colaboración interadministrativa
La Generalitat y las entidades locales de la Comunitat Valenciana colaborarán, en el ejercicio de las funciones que cada administración pública tenga atribuidas, para tomar las medidas y poner en práctica las actuaciones que resulten precisas u oportunas a fin de garantizar el cumplimiento de lo previsto por este decreto.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Única Regla de no gasto
La aplicación y desarrollo de este decreto no podrán tener incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignada a la consellería con competencias en materia de desarrollo estatutario, y, en todo caso, deberán ser atendidos con los medios personales y materiales de la Consellería competente por razón de la materia.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Única Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o de inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Habilitación normativa Se autoriza a la persona titular de la consellería que tiene atribuidas las competencias en materia de desarrollo estatutario y, vinculada a éstas, la función de promover e impulsar actuaciones encaminadas a revalorizar y difundir las señas de identidad del pueblo valenciano reconocidas en el Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, para dictar los actos y las disposiciones necesarias para el desarrollo y la ejecución de este decreto.
Segunda Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
ANEXO I
Escudo oficial del Patronat del Misteri d’Elx
La imagen superior del logotipo del Patronat del Misteri d’Elx corresponde a la imagen de la portada de la consueta. La consueta es un libro que contiene los versos de los cantos y las acotaciones teatrales de la representación del Misteri d’Elx.
El documento se titula Consueta o Director per a la gran funció de la vespra y dia de la Mare de Déu de la Asumpçió, Patrona de Ells, per als mestres de capella [...] escrita por el beneficiado Joseph Lozano y Roiz, presbítero, en 1709. Esta copia de Lozano –que incluye acotaciones y los textos musical y literario– es el libreto más antiguo que se conserva, siendo, además, el único que permanece en una institución pública, concretamente en el Archivo Histórico Municipal de Elche. De este Consueta de 1709 se han realizado dos ediciones facsímiles: una en 1941, sufragada por el Instituto de España, con un prólogo de Eugenio d’Ors, y otra en 1986, confeccionada por la Generalitat y con estudios preliminares de Francesc Massip y M. Carmen Gómez Muntané.
ANEXO II
Aparatos aéreos empleados en la representación del Misteri d’Elx.
1. La granada del Misteri d’Elx o la magrana del Misteri d’Elx.
Con este nombre se conoce al aparato con el que desciende, desde el cielo hasta el cadafal, el ángel, con la palma dorada cogida en su mano, anunciando a la Virgen María su muerte para el tercer día, y al que María le suplica por la venida de los apóstoles. Una vez cumplida su misión y entregada la palma a la Virgen, regresa al lugar de partida, el cielo.
La primera muestra que tiene el espectador del aparato se produce tras la apertura de las puertas del cielo para dejarle paso, en su camino de descenso, en dirección hacia la tierra. Esta es la de un sólido con forma de elipsoide de revolución u esferoide prolato ligeramente truncado por su polo superior y con unos adornos colgando del polo inferior, suspendido de una maroma de color azul, que desciende lentamente a una velocidad próxima a los 0,05 m/s.
El sólido está pintado de color bermellón, con cenefas y dibujos con diferentes geometrías, en colores verde lima, verde hierba y amarillo oro y otros dibujos con forma de espigas y racimos de color amarillo oro. Ocho rosetones circulares en relieve y pintados de color dorado están repartidos uniformemente alrededor de su ecuador, y ocho adornos en relieve, asemejando ramos de flores dorados, alrededor del círculo polar inferior. De su polo inferior pende un casquete esférico, y de éste, a su vez, una borla, cubiertos ambos con láminas de oropel. Con todo ello el aparato tiene una altura total de 3.303 mm, de los cuales 1.850 corresponden al elipsoide. El diámetro máximo lo alcanza en el ecuador del mismo, donde tiene 1.329 mm.
Tras rebasar las puertas del cielo y según desciende, sin alterar en ningún momento para ello su velocidad, descompone la superficie que lo envuelve en ocho husos de elipsoide, conocidos como alas. La descomposición se efectúa pasando los husos de la posición vertical en que se encontraban, debido a su peso y con la posición de cerrados, a una posición horizontal. Para efectuar el cambio, cada uno de ellos gira sobre su parte superior un ángulo de 90º respecto al polo superior y gracias a unos tirantes de que disponen las alas. Alcanzada la posición de alas abiertas, éstas quedan sujetas durante todo el trayecto de ida y vuelta. El casquete y la borla de oropel, que están suspendidos de la parte inferior del aparato, permanecen en su posición original. Acto seguido se cierran las puertas del cielo.
Abierto el aparato, muestra su interior, el cual está completamente recubierto por miles de láminas de oropel y un sitial central ocupado por un ángel de pie con una palma, también recubierta de oropel, asida a su mano derecha. Sin embargo, cuando el aparato ha traspasado las puertas del cielo, ya en su interior, sin su ocupante y despojado del oropel que lo engalana, la imagen es otra muy diferente, en la que se pueden distinguir dos partes completamente diferentes: el bastidor y la cobertura.
El bastidor se compone de dos prismas rectos de ocho lados, con una apotema de 300 mm, construidos de madera y separados por cuatro pilares de acero forjado, y que son los encargados de mantener una separación de 1.596 mm entre ambos. Sujeto al prisma de la base se elevan otros cuatro pilares, que finalizan a un poco más de media altura en un arnés, para sujetar en su interior al ángel y garantizar su seguridad. Por otra parte, se encuentra la cobertura compuesta por ocho alas con forma de sector de elipsoide de revolución; cada una de ellas está formada por un bastidor de acero forjado, encargado de darle la forma, sobre el que se sujeta un lienzo de lona pintado al que se fijan las figuras en relieve construidas con papel maché.
Eliminada la ornamentación perteneciente al prisma de la base, se puede observar que el elipsoide también queda truncado por el polo inferior, lo que hace que los husos queden también truncados por ambos extremos, como se puede apreciar en sus alas.
Figs. 1 y 2. La magrana, vista exterior e interior
Fig. 3. La magrana, en escena con las alas desplegadas.
Figs. 4 y 5. Bastidor completo e interior de la Magrana.
2. El araceli del Misteri d’Elx o la recèlica del Misteri d’Elx.
Es un altar que desciende del cielo. Al hacer su aparición sus cinco ocupantes y su decoración dorada, nos recuerda un retablo barroco entre nubes. Está compuesto por tres calles: una central, de una sola casa, y dos laterales divididas, cada una, en dos. Los ocupantes de los laterales siempre son ángeles músicos que portan instrumentos de cuerda y permanecen arrodillados durante toda la intervención sobre unas repisas dispuestas en cada una de las casas: las dos inferiores están ocupadas, cada una, por un niño que emula tañer un guitarro sin cuerdas, y en las dos que le sobreponen hay un adulto tocando la guitarra en la casa situada en el lado del evangelio, y otro en el lado de la epístola, que está tocando el arpa. La calle central, dispuesta para permanecer su ocupante de pie, es ocupada por el Ángel Mayor, representado por un sacerdote o, en su caso, por la imagen de la Virgen de la Asunción que preside la basílica.
Desprovisto del ornamento de oropel, se observa que el aparato está formado por piezas de acero forjado y madera. Consta de un bastidor principal con forma de parábola invertida, cerrada con un travesaño por los extremos de sus ramas y con un cáncamo en el vértice para suspenderla del gancho que queda sujeto a la maroma. Paralelo al travesaño que la cierra, y a tres cuartas partes del vértice de la parábola, dispone de un segundo travesaño sobre el que descansa la plataforma destinada al ocupante del centro. Para asegurarla, dos jabalcones se extienden desde el travesaño inferior, el que cierra la parábola, hasta el punto medio de la plataforma. A la plataforma se le fijan cuatro columnas, trabadas entre sí, que forman un arnés para sujetar a su ocupante. Por el exterior de la parábola tiene fijadas cuatro repisas de acero forjado y madera: dos en los extremos inferiores, por donde ésta se cierra, y dos situadas en su punto medio. Cada repisa dispone, por su exterior, de una barra articulada que, junto con un cinturón de cuero, sirven para amarrar al ocupante de la repisa al arco de parábola y garantizar con ello su seguridad. Las cuatro repisas están reforzadas por su parte baja con un jabalcón.
El conjunto tiene unas dimensiones máximas de 2.475 mm de alto, por 1.510 de largo, por 600 mm de ancho. La repisa central tiene una altura libre de 1.697 mm y las laterales de 1.170 para las inferiores, quedando sin limitación de altura para las dos superiores. En cuanto a su peso, en vacío, es de 131 daN, y el asignado, cuando va con los ocupantes, con sus instrumentos y se encuentra completamente decorado, es de 600 daN.
Fig. 6. El araceli, adobado sin cantores.
Fig. 7. El araceli, ascendiendo o descendiendo con el alma de la Virgen.
Fig. 8. La Virgen María, resucitada en su asunción al cielo.
Fig. 9. El araceli, despojado de los adornos.
3. La Santísima Trinidad o coronació del Misteri d’Elx.
Se trata de otro aparato aéreo, también parecido a un retablo pero de tamaño más reducido, y compuesto de tres calles con una casa por calle y un sitial por casa. El sitial central es un sillón con su respaldo, que lo ocupa el Padre Eterno. En sus laterales se disponen los otros dos, a modo de repisas, donde permanecen de rodillas, durante toda su intervención, dos niños que representan los otros dos componentes de la Santísima Trinidad. El aparato va descendiendo lentamente, aproximándose a la altura donde permanece parada el Araceli a una distancia, entre ambos, de tres metros. El Padre Eterno, portador en sus manos de una corona imperial dorada, la va soltando hasta que ésta alcanza las sienes de la Virgen. Tanto el ángel que toca el arpa como el que toca la guitarra se encargan de colocarla adecuadamente y de manera disimulada sobre la cabeza de la Virgen.
Despojado de todo su ornamento, y tras una detenida revisión, se pueden distinguir dos partes: por un lado, un chasis sobre el que descansan todos los elementos del aparato, y, por otro, un arco que, sujeto al chasis, permite engancharlo a la maroma.
Sobre el chasis descansan los tres sitiales, uno central y dos laterales. Al chasis se fijan todos los elementos que lo componen: el respaldo del sillón, el posapiés, el anillo de seguridad con sus accesorios, y los arneses de los sitiales laterales.
Los sitiales se sitúan en dos planos paralelos, a distintas alturas, quedando más elevado el central. Están formados por tablas de madera, que descansan sobre tres arcos de circunferencia, que se han formado en el chasis. Las tablas tienen, aproximadamente, forma semicircular. La central presenta un entrante, lo que le da forma de arriñonada, que permite el paso de la maroma perteneciente al Araceli evitando que se produzcan roces entre la maroma y el aparato durante su desplazamiento. Unas almohadillas hacen que los sitiales sean más cómodos para sus ocupantes.
El chasis está formado por una pletina de sección rectangular puesta de canto que, tras doblarse con la forja, tiene forma de tres semicircunferencias desplazadas en altura.
Por la parte trasera de la semicircunferencia central salen, a modo de radios y hacia el exterior, cinco piezas con forma de L sujetas a la semicircunferencia por la parte corta. La parte larga, que forma 90º con amb el pla de la semicircumferència, s’eleva cap amunt de manera que forma, amb això, el respatler.
Paral·lel al setial central, situat a 310 mil·límetres per damunt, hi ha un anell amb forma huitavada que, a més de tancar entre si, per la seua part superior, les parts llargues de les L que han format el respatler de la butaca, fan la funció d’arnés per a l’ocupant del setial.
Els setials laterals tenen, igual que els de l’araceli pel seu exterior, una barra articulada amb el xassís que, junt amb un cinturó de cuiro, servixen per a amarrar l’ocupant de la mènsula a l’arc de subjecció del xassís, i assegurar-lo.
A 500 mil·límetres per davall del setial central, en un altre pla paral·lel a este, es disposa una altra plataforma, també de fusta, que és utilitzada perquè els peus del seu ocupant hi recolzen. La seua forma geomètrica és igual a la del setial i se sustenta per mitjà de tres tirants que, després de subjectar-se per un dels seus extrems a esta fusta, ho fan per l’extrem contrari a la semicircumferència sobre la qual descansa el setial.
El bastidor se subjecta a un arc construït amb forja i format part amb platina de secció rectangular i part amb secció quadrada, i amb forma aproximada a un arc de mig punt, de 555 mil·límetres de diàmetre, en el qual s’estenen els seus extrems fins a una altura total de 1.125 millímetres.
El conjunt té una alçària total de 1.756 mil·límetres per una amplària de 1.136 mil·límetres, i té com a profunditat màxima els 670 millímetres corresponents a l’anell octagonal. Este conjunt queda protegit contra la corrosió per mitjà d’una capa de pintura a l’oli de color marrons senyals o RAL 8002, igual que els altres dos aparells.
el plano de la semicircunferencia, se eleva hacia arriba formando, con ello, el respaldo.
Paralelo al sitial central, situado 310 mm por encima, existe un anillo con forma ochavada que, además de cerrar entre sí, por su parte superior, las partes largas de las L que han formado el respaldo del sillón, hacen la función de arnés para el ocupante del sitial.
Los sitiales laterales tienen, al igual que lo hacen los del araceli por su exterior, una barra articulada con el chasis que, junto con un cinturón de cuero, sirven para amarrar al ocupante de la repisa al arco de sujeción del chasis, asegurándolo.
A 500 mm por debajo del sitial central, en otro plano paralelo a este, se dispone otra plataforma, también de madera, que es utilizada para apoyar los pies de su ocupante. Su forma geométrica es igual a la del sitial y se sustenta mediante tres tirantes que, tras sujetarse por uno de sus extremos a esta madera, lo hacen, por el contrario, a la semicircunferencia sobre la que descansa el sitial.
El bastidor se sujeta a un arco construido con forja y formado parte con pletina de sección rectangular y parte con sección cuadrada y con forma aproximada a un arco de medio punto, de 555 mm de diámetro, en el que se extienden sus extremos hasta una altura total 1.125 mm.
El conjunto tiene una altura total de 1.756 mm por una anchura de 1.136 mm, teniendo como profundidad máxima los 670 mm correspondientes al anillo octagonal. Este conjunto queda protegido contra la corrosión mediante una capa de pintura al aceite de color marrón señales o RAL 8002, al igual que los otros dos aparatos.
Fig. 10. La Santísima Trinidad del Misteri d’Elx, adornada.
Fig. 11. La Santísima Trinidad del Misteri d’Elx, durante la representación.
Fig. 12. La Santísima Trinidad del Misteri d’Elx, en escena.
Fig. 13. La Santísima Trinidad del Misteri d’Elx, despojada de sus adornos.