Resolución de 4 de agosto de 2015, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se aprueba el modelo 048 de autoliquidación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Órgano CONSEJERIA DE HACIENDA Y SECTOR PUBLICO
- Publicado en BOPA núm. 197 de 25 de Agosto de 2015
- Vigencia desde 26 de Agosto de 2015
Sumario
El Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias, fue creado por la Ley del Principado de Asturias 15/2002, de 27 de diciembre, de acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2003, como organización administrativa responsable, en nombre y por cuenta del Principado de Asturias, de la aplicación efectiva del sistema tributario de la comunidad autónoma y de aquellos otros recursos de otras administraciones y entidades que se le atribuyan por ley o por convenio. De acuerdo con la Ley que lo crea, le corresponde la gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de los tributos locales cuya competencia le haya sido delegada por las corporaciones locales.
Entre los tributos que han sido delegados a este organismo por una buena parte de entidades locales asturianas se encuentra el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, que puede exigirse en régimen de autoliquidación si así lo estiman conveniente los ayuntamientos mediante la aprobación de la correspondiente ordenanza fiscal. Por lo tanto, resulta necesario aprobar un modelo de autoliquidación del citado impuesto.
Por lo anterior, en virtud de lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en uso de la habilitación conferida y al amparo de lo dispuesto en el artículo 38, letra i) de la Ley de Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, y el artículo 21.4 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias
RESUELVO
Primero.- Aprobar el modelo 048 de autoliquidación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Consta de tres ejemplares: para la Administración, para el interesado y para la entidad colaboradora y que figura como anexo.
Segundo.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.