Decreto Foral 2/2016, de 1 de marzo, de modificación del Decreto Foral 51/2013, de 26 de diciembre, por el que se crea la Comisión de Tecnologías de la Información y la Comunicación.
- Órgano DEPARTAMENTO DEL DIPUTADO GENERAL
- Publicado en BOG núm. 47 de 10 de Marzo de 2016
- Vigencia desde 11 de Marzo de 2016
Sumario
Por Decreto Foral 51/2013, de 26 de diciembre, se creó la Comisión de Tecnologías de la Información y la Comunicación.
En la reflexión del plan estratégico de las TICs ha quedado de manifiesto la necesidad de adecuar la composición de este órgano para que pueda ejercer de manera eficaz sus competencias.
De otro lado, los cambios estructurales habidos en la propia Diputación Foral de Gipuzkoa desde la puesta en marcha de la Comisión aconsejan igualmente acomodar su composición a las actuales circunstancias.
Por lo tanto, el presente decreto foral tiene por objeto modificar la composición de la Comisión de Tecnologías de la Información y la Comunicación, adaptándola a las nuevas necesidades.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 31.4.c) de la Norma Foral 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa, a propuesta del diputado foral del Departamento de Gobernanza y Comunicación con la Sociedad, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno Foral en su sesión de hoy,
DISPONGO
Artículo único Modificación del Decreto Foral 51/2013, de 26 de diciembre, por el que se crea la Comisión de Tecnologías de la Información y la Comunicación
Se modifica el artículo 4 del Decreto Foral 51/2013, de 26 de diciembre, por el que se crea la Comisión de Tecnologías de la Información y la Comunicación, que queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 4 Composición
1. La Comisión de Tecnologías de la Información y la Comunicación tendrá la siguiente composición:
- a) Presidencia: la persona titular de la Dirección General de Modernización, Servicios y Sistemas para la Sociedad de la Información.
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b) Vocales:
- - La persona titular del Servicio de Modernización.
- - La persona designada director o directora general de la sociedad pública foral IZFE SA.
- - La persona representante de la sociedad pública foral IZFE SA.
- - La persona representante del Departamento de Cultura, Turismo Juventud y Deportes.
- - La persona representante del Departamento de Hacienda y Finanzas.
- - La persona representante del Departamento de Políticas Sociales.
2. La secretaría de la Comisión corresponderá a la persona titular del Servicio de Modernización.
3. En caso de vacante, ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, las personas integrantes de la Comisión podrán ser sustituidas por suplentes de tales órganos.
4. En la composición de esta Comisión se garantizará una representación equilibrada de mujeres y hombres.».

Disposición final Entrada en vigor
El presente decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.