Resolución de 16 de marzo de 2016, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial correspondiente al año 2016 del Convenio Colectivo de Sector Oficinas y Despachos
- ÓrganoCONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA
- Publicado en
- Vigencia desde 03 de Febrero de 2016
Sumario
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- INTRODUCCION
- Acta número 1 Comisión paritaria del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Madrid
Examinada el Acta de Revisión Salarial correspondiente al año 2016 del Convenio Colectivo de Sector Oficinas y Despachos, suscrita por la comisión paritaria del mismo, el día 3 de febrero de 2016, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el artículo 14 del Decreto 193/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, y por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General
RESUELVE
1. Inscribir dicha revisión salarial, del convenio colectivo, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Acta número 1 Comisión paritaria del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Madrid
Por la parte empresarial:
- - Doña Marta Bellón Garvi (ADESEMA).
- - Don Conrado López (ADESEMA).
- - Doña Teresa de la Cal Losada (Asociación de Empresarios de Oficinas y Despachos de Madrid).
- - Don Luis Díaz-Guerra Álvarez (asesor).
Por la parte social:
- - Doña Natividad García Beltrán (UGT).
- - Don Jesús Jiménez Marquina (UGT).
- - Doña Asunción Tarrazó Llorens (CC OO).
- - Don Elías Campos Ruiz (CC OO).
En Madrid,
siendo las diecisiete y quince horas del 3 de febrero de 2016, en la sede de la Asociación de Empresarios de Oficinas y Despachos de Madrid UGT Madrid, sita en la calle Alenza, número 13, se reúnen las personas que anteriormente se relacionan, que constituyen la comisión paritaria regulada en el artículo 39 del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid al objeto de proceder a la elaboración y publicación de las tablas salariales correspondientes al año 2016.
El artículo 10, en sus apartados 6 y 7, establece que los incrementos salariales para el año 2016 se negociarán por la comisión paritaria del convenio, y que será dicha comisión la que procederá a su elaboración y publicación.
Tras varias deliberaciones, ambas partes acuerdan fijar un incremento económico para el año 2016 consistente en un 1,50 por 100, sobre las tablas salariales definitivas del año 2015, por lo que la tabla salarial a aplicar desde el 1 de enero de 2016 es la recogida en el Anexo 1 que se adjunta a este acta.
Las partes facultan solidariamente a doña Natividad García Beltrán para que proceda a los actos de inscripción, registro y publicación de todo ello en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, efectuando los trámites que sean necesarios, incluida la presentación telemática ante la Dirección General de Trabajo.
Y sin nada más que tratar, se levanta la sesión en el lugar y fecha indicados.
TABLA ECONOMICA 2016
GRUPOS | NIVELES | EUROS/MES | SALARIO ANUAL (14 Pagas) |
I | 1 | 1.207,28 | 16.901,94 |
I | 2 | 1.167,41 | 16.343,77 |
II | 3 | 1.123,90 | 15.734,59 |
II | 4 | 1.080,36 | 15.124,98 |
III | 5 | 1.000,62 | 14.008,64 |
III | 6 | 960,75 | 13.450,48 |
IV | 7 | 913,65 | 12.791,13 |
IV | 8 | 873,77 | 12.232,82 |
V | 9 | 819,32 | 11.470,45 |
V | 10 | 692,62 | 9.696,62 |
GRUPOS | NIVELES | EUROS/MES |
I | 1 | 17,84 |
I | 2 | 17,25 |
II | 3 | 16,61 |
II | 4 | 15,97 |
III | 5 | 14,79 |
III | 6 | 14,20 |
IV | 7 | 13,50 |
IV | 8 | 12,91 |
V | 9 | 12,11 |
V | 10 | 10,24 |
EUROS | |
Dieta íntegra | 67,03 |
Cada Kilómetro | 0,30 |