Resolución de 13 de junio de 2017, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial (2016) del convenio colectivo del Sector de Derivados del Cemento, suscrita por la Comisión Negociadora (código número 28001175011982)
- Órgano CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA
- Publicado en
- Vigencia desde 15 de Marzo de 2017


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Acta de revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Derivados del Cemento de la Comunidad de Madrid del año 2016
- ANEXO I . TABLA DE RETRIBUCIONES MENSUALES DEFINITIVAS DEL AÑO 2016
- ANEXO II . TABLA DE RETRIBUCIONES DIARIAS DEFINITIVAS DEL AÑO 2016 (SEMANA LABORAL DE LUNES A VIERNES)
Examinada el acta de revisión salarial (2016) del convenio colectivo del Sector de Derivados del Cemento, suscrita por la Comisión Negociadora el día 15 de marzo de 2017, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el artículo 14 del Decreto 193/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda y por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General,
RESUELVE
1. Inscribir dicha revisión salarial, del convenio colectivo, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Acta de revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Derivados del Cemento de la Comunidad de Madrid del año 2016
Asistentes:
Representación empresarial:
- - Por Asociación de Fabricantes de Derivados del Cemento e la Comunidad de Madrid:
- - Por ANEFHOP:
- - Por FEDCAM
Representación sindical:
En Madrid,en la sede de la Asociación Empresarial de Derivados del Cemento, paseo de la Castellana, número 226, siendo las doce horas del día 15 de marzo de 2017, habiendo sido convocados en la forma habitual, se reúnen los componentes relacionados de la Comisión Negociadora del Convenio de Derivados del Cemento de la Comunidad de Madrid (años 2013 a 2016) para fijar las tablas salariales definitivas del convenio del año 2016, según lo fijado en la disposición final primera, incrementos y revisiones, del referido convenio de Derivados del Cemento de la Comunidad de Madrid para los años 2013-2016 y acuerda:
Primero.- Fijar las tableas salariales del 2016, que se adjuntan como Anexos I y II, por aplicación del incremento pactado del 1,00 por 100 sobre las de 2015 una vez conocido el incremento del PIB correspondiente al año 2016 y que alcanzó un 3,20 por 100 de incremento sobre el año 2015.
Segundo.- Indicar que los criterios aplicados en el punto anterior son los establecidos por el VI Convenio General de Derivados del Cemento y el acuerdo de 8 de marzo de 2017 de la Comisión Paritaria de Interpretación, respecto a los incrementos en los convenios inferiores.
Tercero.- Se acuerda remitir esta acta, con sus anexos, a la Dirección General de Trabajo, Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid, para su registro, depósito y orden de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y a tal efecto se faculta a don Rafael Berzosa Hoyos, con DNI 72111851-C, como representante de esta Comisión Negociadora, para que gestione dichas presentaciones.
Una vez leída, la presente acta, siendo las quince horas, se aprueba y firma por los presentes.-Firmado.
ANEXO I
TABLA DE RETRIBUCIONES MENSUALES DEFINITIVAS DEL AÑO 2016
NIVELES | GRUPOS | SALARIO BASE | COMPLEMENTO DE CONVENIO | COMPLEMENTO NO SALARIAL | PAGA DE VERANO | PAGA DE NAVIDAD | VACACIONES (1) | TOTAL ANUAL EUROS |
II | 1 | 1.567,74 | 209,44 | 125,27 | 1.829,75 | 1.829,75 | 1.957,86 | 26.544,31 |
III, IV y V | 2 | 1.359,91 | 184,08 | 125,27 | 1.610,65 | 1.610,65 | 1.721,22 | 23.304,38 |
VI y VII | 3 | 1.152,17 | 159,99 | 125,27 | 1.388,99 | 1.388,99 | 1.470,00 | 20.059,54 |
VIII | 4 | 1.088,95 | 146,97 | 125,27 | 1.323,86 | 1.323,86 | 1.451,15 | 19.071,96 |
IX | 5 | 1.043,13 | 144,21 | 125,27 | 1.277,04 | 1.277,04 | 1.366,51 | 18.359,30 |
X | 6 | 1.025,11 | 143,81 | 125,27 | 1.260,27 | 1.260,27 | 1.343,73 | 18.100,36 |
XI | 7 | 1.009,22 | 141,44 | 125,27 | 1.234,27 | 1.234,27 | 1.355,99 | 17.859,76 |
XII | 8 | 985,70 | 140,66 | 125,27 | 1.224,83 | 1.224,83 | 1.313,09 | 17.530,68 |
ANEXO II
TABLA DE RETRIBUCIONES DIARIAS DEFINITIVAS DEL AÑO 2016 (SEMANA LABORAL DE LUNES A VIERNES)
NIVELES/GRUPOS
CONCEPTOS | DÍAS AÑO | VI y VII | VIII | IX | X | XI | XII |
3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | ||
SALARIO BASE | 336 | 37,72 | 35,65 | 34,15 | 33,56 | 33,04 | 32,27 |
COMPLEMENTO DE CONVENIO | 217 | 8,11 | 7,45 | 7,31 | 7,29 | 7,17 | 7,13 |
218 | 8,07 | 7,42 | 7,28 | 7,26 | 7,14 | 7,10 | |
219 | 8,04 | 7,38 | 7,25 | 7,22 | 7,11 | 7,07 | |
COMPLEMENTO NO SALARIAL | 217 | 6,35 | 6,35 | 6,35 | 6,35 | 6,35 | 6,35 |
218 | 6,32 | 6,32 | 6,32 | 6,32 | 6,32 | 6,32 | |
219 | 6,29 | 6,29 | 6,29 | 6,29 | 6,29 | 6,29 |
MEDIA DIETA 12,51 EUROS DIETA COMPLETA 47,75 EUROS