Resolución de 19 de diciembre de 2017, del Delegado Territorial de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del Acuerdo de prórroga de la ultraactividad del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera de Gipuzkoa para los años 2006-2014
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE TRABAJO Y JUSTICIA
- Publicado en
- Vigencia desde 23 de Noviembre de 2017


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Sumario
ANTECEDENTE
Único. El día 5 de diciembre de 2017 se ha presentado el acuerdo de prórroga de la ultraactividad del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera de Gipuzkoa para los años 2006-2014, publicado en el Boletin Oficial de Gipuzkoa de 23 de septiembre de 2013. El Acuerdo ha sido suscrito por Avitrans, en representación de los empresarios, y LAB, UGT, ELA y CCOO, en representación de los trajadores.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia prevista en el art. 90.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el art. 15.1.h del Decreto 84/2017, de 11 de abril (Boletín Oficial del País Vasco de 21-04-2017) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Justicia, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (Boletín Oficial del País Vasco de 15-2-2011) y con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 12-6-2010) sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos.
Segundo. El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.
En su virtud,
RESUELVO
Primero. Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, con notificación a las partes.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
ACTA DEL ACUERDO ADOPTADO POR LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA DE GIPUZKOA EN RELACIÓN CON LA AMPLIACIÓN DE LA ULTRAACTIVIDAD DEL CONVENIO 2006-2014. (23-11-2017)
En San Sebastián, a las 10:30 horas del día 23 de noviembre de 2017, en la sede territorial de Gipuzkoa del Consejo de Relaciones Laborales se reúnen las personas citadas al margen, representantes de las organizaciones sindicales y asociación empresarial integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera de Gipuzkoa, como consta en el acta de constitución de la comisión negociadora de seis de abril de 2017 y
ACUERDAN
Primero. Proceder a la firma de la presente acta, que vincula a ambas partes, con el fin de ampliar el periodo de ultraactividad fijado en el artículo 3 del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera de Gipuzkoa para los años 2006-2014 (publicado en el Boletin Oficial de Gipuzkoa de 23-09-2013 y, en lo que aquí interesa, correcciones en el Boletin Oficial de Gipuzkoa de 03-12-2013) más allá de la fecha de 31 de diciembre de 2017, para evitar la pérdida de vigencia conforme a lo establecido en el artículo 86.3 del ET, prórroga que se acuerda hasta la firma de un nuevo convenio que sustituya el actual, o, en cualquier caso, como máximo, hasta el 30 de junio del año 2018 para el supuesto de que no se alcanzara el acuerdo para un nuevo convenio.
Segundo. Firman la presente acta el 100 % de la Representación Empresarial arriba referenciada y el 100 % de la Representación Sindical que, de conformidad con el acta de constitución de la comisión negociadora de 6 de abril de 2017, ostentan la mayoría necesaria para la firma de un Convenio Colectivo de eficacia general y, por lo tanto, del presente acuerdo de prórroga firmado en virtud de la legitimación que les concede el Título III del ET.
Tercero. Ambas partes acuerdan que el presente acta de prórroga, firmada conforme al artículo 86 del ET y demás normativa relacionada, se comunicará a la Autoridad Laboral para su registro y publicación. A tal fin, las partes firmantes autorizan, expresa y formalmente, a D.ª Nieves Martinez Gayoso, responsable para la gestión del PRECO de Gipuzkoa, a realizar los necesarios trámites ante la Autoridad Laboral.
Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión en el lugar y fecha indicados, a las 11:45 horas.