Decreto Foral 38/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de agosto. Aprobar la modificación del Decreto Foral del Consejo 32/2018, de 3 de julio, que aprobó las bases reguladoras generales y la convocatoria de la concesión de diferentes líneas de ayuda para evitar la despoblación de los municipios del Territorio Histórico de Álava
- Órgano DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EQUILIBRIO TERRITORIAL
- Publicado en BOTHA núm. 92 de 10 de Agosto de 2018
- Vigencia desde 11 de Agosto de 2018


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Sumario
Como anexo 1 del decreto aparecieron las base generales que en lo relativo al plazo remitían a la convocatoria específica señalando que en ningún caso podía ser inferior a 15 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de las respectivas convocatorias en el BOTHA.
A su vez, la convocatoria concreta de las subvenciones que apareció como anexo 2 del Decreto Foral estableció en su apartado cuarto que “el plazo de presentación de solicitudes para las cuatro líneas de subvención será de treinta días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOTHA”.
Sin embargo, teniendo en cuenta que el fin de plazo así calculado termina el día 21 de agosto y que no se produce vulneración alguna de las bases generales, resulta aconsejable su ampliación hasta el día 11 de septiembre. De este modo, se facilita que la convocatoria llegue al mayor número de posibles destinatarios y sin los inconvenientes de todo tipo que pudieran generarse al discurrir el plazo original en su mayor parte durante el mes de agosto.
En su virtud, a propuesta de la teniente de Diputado General y diputada de Desarrollo Económico y Equilibrio Territorial, y previa deliberación del Consejo de Gobierno Foral, en sesión celebrada en el día de la fecha,
DISPONGO
Primero. Aprobar la modificación del anexo 2 del Decreto Foral 32/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de julio, por el que fueron aprobadas las bases reguladoras generales y la convocatoria de diferentes líneas de ayuda encaminadas a evitar la despoblación de los municipios del Territorio Histórico de Álava en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 11 de septiembre.

Segundo. Que el presente decreto foral sea publicado en el BOTHA.