Decreto 149/2018, de 4 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 204/2016, de 14 de diciembre, por el que aprueba el calendario íntegro de vacunaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Ficha:
  • Órgano CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES
  • Publicado en DOE núm. 176 de
  • Vigencia desde 11 de Septiembre de 2018
Versiones/revisiones:
(1)

Deberá vacunarse en primeras las 24 horas de vida a todos los hijos de madres portadoras (junto con la administración de inmunoglobulina HB) y a todos los hijos de madres a las que no se les haya realizado cribado prenatal. Los niños vacunados al nacimiento frente a HB recibirán además la pauta de vacunación completa a los 2, 4 y 11 meses.

Ver Texto
(2)

Se administrará la vacuna combinada DTPa/VPI a los niños vacunados con pauta 2+1 cuando alcancen la edad de 6 años.

Los niños vacunados con pauta 3+1 recibirán dTpa.

Ver Texto
(3)

Personas que refieran no haber pasado la enfermedad ni haber sido vacunadas con anterioridad. Pauta con dos dosis.

Ver Texto
(4)

Vacuna frente al virus del papiloma humano, sólo para niñas. Pauta completa según ficha técnica del preparado utilizado.

Ver Texto