Resolución de 20 de marzo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, disponiendo la inscripción en el Registro y publicación del Convenio colectivo del sector de empresas consignatarias de buques y contratistas de Cantabria, por el que se aprueban las tablas salariales para el año 2019
- ÓrganoCONSEJERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO
- Publicado en
- Vigencia desde 01 de Enero de 2019. Revisión vigente desde 01 de Enero de 2019


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Acta de inicio y final de actualización de tablas salariales para el año 2019 del Convenio Colectivo entre empresas consignatarias de buques y contratistas de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus trabajadores
- (Tabla salarial 2019)
- GRATIFICACIONES 2019
Visto el acuerdo suscrito por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el sector de Empresas Consignatarias de Buques y Contratistas de Carga y Descarga de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con fecha 28 de febrero de 2019, por el que se aprueban las tablas salariales para el año 2019; y, de conformidad con el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y los artículos 2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de los Acuerdos y Convenios Colectivos de Trabajo; y, en relación con lo señalado en el Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria y Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre Asunción de Funciones y Servicios Transferidos, así como en el Decreto 41/2018, de 10 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y se modifican las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y del Instituto Cántabro de Estadística,
ACUERDA
1.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como proceder a su depósito.
2.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Acta de inicio y final de actualización de tablas salariales para el año 2019 del Convenio Colectivo entre empresas consignatarias de buques y contratistas de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus trabajadores
En Santander a las 12:00 horas del 28 de febrero de 2019, se reúnen en los locales de CCOO en la primera planta, sita en la calle Santa Clara nº 5 de Santander, la representación empresarial y social.
- Compadecen a la firma del acta las siguientes personas miembros de la mesa negociadora.
Por parte empresarial:
Miguel Millán Pila
Eduardo de la Lastra Olano
Por la parte social, en representación de CCOO y UGT, los representantes sindicales
Por la FSC de CCOO: Cristina Hevia Garrido
Por la FeSMC de UGT: Óscar Martín Cabello
ACUERDAN
1. Según art.4 del Convenio Colectivo las retribuciones mínimas acordadas para el año 2019, supone un aumento sobre todos los conceptos económicos y sociales del IPC real de 2018.
2. Firmar para su registro y posterior publicación en el Convenio Colectivo del sector para las empresas consignatarias de buques y contratistas de carga y descarga de la región de Cantabria, la nueva tabla salarial revisada (adjunta) de aplicación para el año 2019.
Y para que así conste, se firma el presente Acta por los asistentes.
(Tabla salarial 2019)
Grupo I :Personal Titulados/as | |
Nivel I | |
– Superior ...................................................................................... | 1.831,07euros |
Nivel II | |
– Medio a/ ..................................................................................... | 1.531,35 euros |
– Medio b/ ..................................................................................... | 1.462,93 euros |
– | |
Grupo II: Personal Administrativos/as | |
Nivel I | |
- Jefe de Sección ............................................................................. | 1.810,78 euros |
- Jefe de Negociado ......................................................................... | 1.530,45 euros |
Nivel II | |
- Oficial Administrativo .................................................................... | 1.426,96 euros |
- Auxiliar Administrativo ................................................................... | 1.131,71 euros |
- Telefonista ................................................................................... | 1.131,71 euros |
Grupo III: Personal de Servicios Varios | |
Nivel I | |
- Encargado de Sección .................................................................. | 1.751,70 euros |
- Encargado de Almacén ................................................................. | 1.397,42 euros |
Nivel II | |
- Oficial de Primera (Anotadores) .................................................... | 1.353,16 euros |
- Oficial de Segunda ...................................................................... | 1.308,90 euros |
Nivel III | |
- Mozo de Almacén ........................................................................ | 1.215,43 euros |
- Peón .......................................................................................... | 1.013,61 euros |
Grupo IV Subalternos/as | |
Nivel I | |
- Conserje ...................................................................................... | 1.205,61 euros |
Nivel II | |
- Cobrador ..................................................................................... | 1.051,70 euros |
Nivel III | |
-Ordenanza .................................................................................... | 1.091,19 euros |
- Portero ........................................................................................ | 1.051,70 euros |
- Sereno ........................................................................................... | 900,37 euros |
- Botones .......................................................................................... | 791,76 euros |
Nivel IV | |
- Personal de Limpieza ........................................................................ | 900,43 euros |
- Personal de Limpieza por horas .............................................................7,00 euros | |
Salario Día Personal Fijo-Discontinuo | |
- Salario Base ..................................................................................... | 33,30 euros |
- Plus Tóxicos ....................................................................................... | 3,34 euros |
- Descanso Semanal ............................................................................ | 15,48 euros |
- Festivos ............................................................................................. | 2,18 euros |
- P.P. Pagas Extras ............................................................................. | 17,89 euros |
GRATIFICACIONES 2019
Artículo 7.- | 931,58 euros |
Artículo 8.- | 849,10 euros fuera de la región |
551,89 euros dentro de la región | |
147,24 euros por estudios medios y/o de formación profesional | |
Artículo 9.- | 212.29 euros |
Artículo 28.- | 48.73 euros |
Artículo 29.- | 64.978.25 euros por muerte |
75.804,70 euros por incapacidad permanente total. |