Decreto Foral 3/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 21 de enero. Aprobar la modificación del Decreto Foral del Consejo 37/2018, de 3 de agosto, que aprobó la creación de la Mesa Interinstitucional y la Comisión Interdepartamental para fomentar el equilibrio territorial y evitar el despoblamiento en el Territorio Histórico de Álava, y la regulación de su composición, organización y funcionamiento
- ÓrganoDepartamento de Desarrollo Económico, Innovación y Reto Demográfico
- Publicado en BOTHA núm. 11 de 29 de Enero de 2020
- Vigencia desde 18 de Febrero de 2020
Sumario
- Norma afectada por
- LE0000658979_20200218
BOTHA 3 Febrero. Corrección de errores del DF 3/2020, de 21 Ene. Álava (modificación del DF 37/2018, de 3 Ago., de creación de la Mesa Interinstitucional y la Comisión Interdepartamental para fomentar el equilibrio territorial y evitar el despoblamiento)

Las Juntas Generales de Álava, en su sesión plenaria celebrada el día 27 de mayo de 2018, aprobaron la moción 37/2018, de 27 de mayo, sobre la despoblación en Álava y el desarrollo y coordinación de políticas sectoriales que compensasen el desequilibrio entre distintas zonas del territorio histórico. A tal fin, las Juntas Generales instaron a la Diputación Foral de Álava a crear una Mesa Interinstitucional que coordinara la acción institucional, diagnosticara la situación e impulsara acciones para evitar el despoblamiento en las zonas rurales del Territorio Histórico de Álava.
Así las cosas, mediante Decreto Foral 37/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de agosto, se aprobó la creación de la Mesa Interinstitucional, así como la Comisión Interdepartamental para fomentar el equilibrio territorial y evitar el despoblamiento en el Territorio Histórico de Álava y se reguló su composición, organización y funcionamiento. El artículo 1 del anexo I y el artículo 1 del anexo II del citado decreto foral adscribían ambos órganos al Departamento de Desarrollo Económico y Equilibrio Territorial.
El Diputado General, mediante Decreto Foral 324/2019, de 5 de julio, estableció los departamentos de la Diputación Foral de Álava para la legislatura 2019-2023, y las funciones y áreas de competencia relativas a despoblamiento y las relacionadas con el equilibrio territorial han dejado de estar bajo la responsabilidad de un mismo departamento y han resultado atribuidas al Departamento de Desarrollo Económico, Innovación y Reto Demográfico, por un lado, y el Departamento de Equilibrio Territorial, por otro. En concreto, las funciones relativas a las estrategias de desarrollo económico sostenible frente al riesgo de despoblamiento han sido asignadas al Departamento de Desarrollo Económico, Innovación y Reto Demográfico.
Asimismo, mediante Decreto Foral 44/2019, del Consejo de Gobierno Foral de 24 de septiembre, se aprobó la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Innovación y Reto Demográfico y le fueron adscritas la Mesa Interinstitucional y la Comisión Interdepartamental para fomentar el equilibrio territorial y evitar el despoblamiento en el Territorio Histórico de Álava.
En este marco, se propone la modificación del Decreto Foral 37/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de agosto, para concretar que la adscripción, tanto de la Mesa Interinstitucional, como de la Comisión Interdepartamental, está directamente relacionada con las funciones relativas a evitar el riesgo de despoblamiento en el Territorio Histórico de Álava y, por tanto, la gestión de dichos órganos debe quedar adscrita al departamento que ejerza tales funciones. En la tramitación del presente decreto se han observado los principios de buena regulación previstos en el artículo 3 del anexo I del Decreto Foral 29/2017, de 23 de mayo, que aprueba el procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general, las guías para la elaboración de los informes de impacto normativo y de impacto de género y las directrices de técnica normativa. Así, en los antecedentes expuestos, se ha justificado suficientemente la necesidad de la regulación, siendo además una actuación normativa proporcionada, ya que se limita al mínimo imprescindible para conseguir el fin perseguido.
Se garantiza igualmente el principio de seguridad jurídica, puesto que queda suficientemente justificada tanto su inserción en el ordenamiento jurídico como la habilitación del órgano que lo dicta.
Respecto al principio de transparencia, no se ha vulnerado el mismo ya que es posible prescindir del trámite de información pública, ordenándose, en todo caso, su publicación en el BOTHA inmediatamente después de la aprobación.
En cuanto al principio de eficiencia, la regulación planteada, por su propia naturaleza, no implica cargas administrativas accesorias ni innecesarias para la ciudadanía.
En su virtud, vistos los informes preceptivos, a propuesta de la diputada de Desarrollo Económico, Innovación y Reto Demográfico, y previa deliberación del Consejo de Gobierno Foral en sesión celebrada en el día de hoy,
DISPONGO
Primero. Modificar el apartado 2 del artículo 1 del Anexo I del Decreto 37/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de agosto, que queda redactado en los siguientes términos:
«2. A efectos orgánicos, la Mesa Interinstitucional para fomentar el equilibrio territorial y evitar el despoblamiento en el Territorio Histórico de Álava estará adscrita al departamento que tenga atribuidas las funciones relativas a las estrategias de desarrollo económico sostenible frente al riesgo de despoblamiento».

Segundo. Modificar el apartado 1 del artículo 2 del Anexo I del Decreto 37/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de agosto, que queda redactado en los siguientes términos:
«1. El objeto es el impulso, desarrollo y coordinación de políticas sectoriales para evitar el despoblamiento y compensar el desequilibrio de población entre distintas zonas del Territorio Histórico de Álava.»

Tercero. Modificar el apartado 1 del artículo 3 del Anexo I del Decreto 37/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de agosto, que queda redactado en los siguientes términos:
«1. La Mesa Interinstitucional para fomentar el equilibrio territorial y evitar el despoblamiento en el Territorio Histórico de Álava está integrada por:
- * Presidencia: desempeñada por el/la diputado/diputada del departamento con competencia en materia de reto demográfico.
- * Vocalías: cuatro personas en representación de los departamentos de la Administración General de la CAPV con competencias en la materia, una persona en representación de cada uno de los departamentos de la Diputación Foral de Álava, una persona en representación de cada una de las cuadrillas del Territorio Histórico de Álava, una persona en representación de EUDEL, una en representación de ACOA-AKE y una en representación de ACOVI-GKE.
- * Secretaría: desempeñada por la dirección que tenga atribuidas las funciones en materia de reto demográfico.»

Cuarto. Modificar el apartado 1 del artículo 5 del Anexo I del Decreto 37/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de agosto, que queda redactado en los siguientes términos:
«Desempeñará la Secretaría una persona adscrita a la dirección que tenga atribuidas las funciones en materia de reto demográfico, que participará en la Mesa con voz pero sin voto.»

Quinto. Modificar el apartado 2 del artículo 1 del Anexo II del Decreto 37/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de agosto, que queda redactado en los siguientes términos:
«2. A efectos orgánicos, dicha comisión se adscribe al departamento que tenga atribuidas las funciones relativas a las estrategias de desarrollo económico sostenible frente al riesgo de despoblamiento en el Territorio Histórico de Álava.»

Sexto. Modificar el apartado 1 del artículo 3 del Anexo II del Decreto 37/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de agosto, que queda redactado en los siguientes términos:
«1. La Comisión Interdepartamental para fomentar el equilibrio territorial y evitar el despoblamiento en el Territorio Histórico de Álava está integrada por:
- * La presidencia, desempeñada por el/la diputado/diputada del departamento con competencia en materia de reto demográfico.
- * Una vocalía por cada uno de los departamentos de la Diputación Foral de Álava.
- * Una secretaría, con voz pero sin voto, desempeñada por una persona adscrita a la dirección que tenga atribuidas las funciones en materia de reto demográfico.»
