Ley de Cantabria 10/2020, de 22 de diciembre, de Agilización en las Ayudas a Tramitar por la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L. destinadas a paliar los efectos de la pandemia causada por el COVID-19
- ÓrganoPARLAMENTO DE CANTABRIA
- Publicado en BOC núm. 251 de 31 de Diciembre de 2020 y BOE núm. 18 de 21 de Enero de 2021
- Vigencia desde 01 de Enero de 2021
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- PREÁMBULO
- Artículo Único Colaboración de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria en la gestión de las subvenciones previstas en el Decreto 87/2020, de 24 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones por la Sociedad Regional de Educación Cultura y Deporte, SL (SRECD) a empresas y a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el ámbito de la cultura y el deporte
- DISPOSICIONES FINALES
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2º del Estatuto de Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente:
Ley de Cantabria 10/2020, de 22 de diciembre, de Agilización en las Ayudas a Tramitar por la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S. L. destinadas a paliar los efectos de la pandemia causada por el COVID-19.
PREÁMBULO
La pandemia originada por el COVID-19 hace necesario el impulso de medidas en orden a tramitar con la deseable celeridad, pero sin merma de la necesaria seguridad jurídica, la resolución las subvenciones previstas en el Decreto 87/2020, de 24 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones por la Sociedad Regional de Educación Cultura y Deporte, SL (SRECD), a empresas y a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el ámbito de la cultura y el deporte.
Por ello, se pretende mediante la presente Ley facilitar la colaboración de esta empresa pública con la consejería que ejerce su tutela en orden a la comprobación del cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 12 y 13 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y, con carácter general, respecto a las demás tareas de instrucción y ordenación normalmente atribuidas a esa sociedad en la gestión de las subvenciones.
Artículo Único Colaboración de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria en la gestión de las subvenciones previstas en el Decreto 87/2020, de 24 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones por la Sociedad Regional de Educación Cultura y Deporte, SL (SRECD) a empresas y a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el ámbito de la cultura y el deporte
Excepcionalmente, por un periodo de seis meses, y con el propósito de favorecer la agilidad y eficacia en la tramitación y resolución de las subvenciones previstas en el Decreto 87/2020, de 24 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones por la Sociedad Regional de Educación Cultura y Deporte, SL (SRECD), a empresas y a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el ámbito de la cultura y el deporte, la consejería que ejerce la tutela de dicha sociedad, además de las funciones que le atribuye el apartado b) de la disposición adicional decimocuarta de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria, podrá ejercer aquellas funciones vinculadas a la comprobación del cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 12 y 13 de la citada Ley, en relación con los beneficiarios de las ayudas y aquellas vinculadas al apoyo en las tareas de instrucción y tramitación atribuidas ordinariamente a la Sociedad Regional, en los términos previstos en las bases reguladoras de cada una de las ayudas o subvenciones.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA Entrada en vigor
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.